Bienvenido a Opuslibros
Inicio - Buscar - Envíos - Temas - Enlaces - Tu cuenta - Libros silenciados - Documentos Internos

     Opuslibros
¡Gracias a Dios, nos fuimos
Ir a la web 'clásica'

· FAQ
· Quienes somos
· La trampa de la vocación
· Contacta con nosotros si...
· Si quieres ayudar económicamente...
· Política de cookies

     Ayuda a Opuslibros

Si quieres colaborar económicamente para el mantenimiento de Opuslibros, puedes hacerlo

desde aquí


     Cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información aquí

     Principal
· Home
· Archivo por fecha
· Buscar
· Enlaces Web
· Envíos (para publicar)
· Login/Logout
· Ver por Temas

     Login
Nickname

Password

Registrate aquí. De forma anónima puedes leerlo todo. Para enviar escritos o correos para publicar, debes registrarte con un apodo, con tus iniciales o con tu nombre.

     Webs amigas

Opus-Info

NOPUS DEI (USA)

ODAN (USA)

Blog de Ana Azanza

Blog de Maripaz

OpusLibre-Français

OpusFrei-Deutsch


 Tus escritos: Felicidades por tu valentía.- Carmen Charo

110. Aspectos jurídicos
carmen charo :

Quiero felicitar a “María” por tener la valentía de denunciar su despido y situación laboral en un centro del Opus Dei. Según dice Agustina es o era una numeraria auxiliar y no mera trabajadora. Me sobrecoge tu valentía. Has sido la primera con el coraje necesario, y encima te ha salido bien, y no sabes qué cosas tan importantes has puesto en evidencia!!. Reconozco que me ha costado comprender la sentencia, no es un lenguaje fácil ni ameno, pero tras varias lecturas creo que entiendo unas cuantas cosas en las que los jueces te han dado la razón, y me figuro que eso sienta jurisprudencia. En tu situación están cientos de auxiliares y tu caso podría dar ánimo a tantas que siguen trabajando con miedo a levantar la voz. Si me equivoco que alguien me corrija, pero entiendo que los jueces reconocen lo siguiente...



 - La relación laboral no se rige por el Régimen de Empleadas del Hogar, sino por el Régimen General (que es bastante más beneficioso para las trabajadoras: salario, bajas laborales, prestación de desempleo…).

- Parece que se reconoce que los centros no son hogares de familia sino residencias, así que ya se pueden poner las pilas a partir de ya para cambiar los contratos de todas las numerarias auxiliares que trabajan en ellos, y se cuiden muy mucho de las auxiliares jubiladas que siguen trabajando las 8 horas diarias o más, que también las hay. Vaya a ser que empiece a funcionar la inspección. Buena forma de demostrar la admiración y agradecimiento a sus hermanas numerarias auxiliares! Así están todas las que trabajan en casa pequeñas o centros “pequeños” de la sección de varones. Y el sueldo debe ser legal para una empleada del hogar, pero es otra muestra del infinito cariño por sus hermanas, ¡¡790€!! para mujeres que son especialistas en mil tareas, que son excelentes trabajadoras con muchos años de experiencia en todas las áreas del trabajo hotelero. Bravo!

- Según se comenta en la sentencia si cotizaran en el Régimen General el salario sería muy otro. Según se dice ascendería a 18.553,7199€ anuales, lo que supone dividido en 14 pagas, 1.325,265€. Vaya diferencia! Son sus hermanas, las quieren cantidad, pero la pela es la pela. Esto es el Opus Dei. Y ellas, pobres ingenuas, difundiendo videos en youtube alardeando de la excelencia de su trabajo, del honor que supone poder hacer felices a sus hermanos, crear familia…. ¡ay ingenuas!.

Y ahora recuerdo a la numeraria auxiliar que denunció de acoso mentirosamente a Kaiser, y como viene a cuento lo traigo. Otra…, que debe seguir en su puesto, viviendo en el colegio mayor donde trabaja, cobrando los mismos 790€ con más de 20 años de experiencia en los mismo trabajos, y a veces con responsabilidad, y debiendo pagar casi la mitad de esa cantidad por comida y alojamiento. Pero no es todo, 790€ por un contrato de 34 horas semanales, pero trabajando 56 horas en realidad. El desgaste de cervicales y las operaciones en las muñecas por coger exceso de peso no cuentan. Seguro que me lees y lo siento si te molesta, pero no tiene nombre lo que hiciste. Vas a tentarte la ropa cuando quieras volver a pedir ayuda.

-Interrupción significativa de los contratos. Dicen esto sin más, aunque añaden que no justifican las bajas, y yo interpreto que a esta mujer le contrataban y le daban de baja arbitrariamente, no porque dejara ella de trabajar. Y lo pienso así porque es el caso de muchas que conozco. Hay temporadas en las que ellas trabajan sin contrato, y pueden saberlo o no, ya que es muy frecuente la falsificación de firmas. -Reconoce que la empresa propietaria de la finca está vinculada al Opus Dei. Es lo único que les importa y el principal motivo por el que recurren la sentencia, y los jueces confirman que existe dicha vinculación y no es de menor importancia. Hasta ahora nunca nadie dio credibilidad a esa vinculación con multitud de empresas, sociedades, asociaciones, fundaciones, ong’s…. interpuestas, que son Opus Dei pero hacen ver que no, que son meras iniciativas personales. Ya no. Los hombres que viven en esa residencia obedecen a órdenes de sus directores y son meros peones, no son titulares ni agentes de nada. Y yo además interpreto que Dios anduvo flojo al fundar el Opus Dei, porque aquí les han pillado con el trasero al aire. Siempre deben mentir para vivir en la sociedad civil, trapichean con todas las leyes, son y no son al mismo tiempo… y todo esto jamás por motivos nobles sino para el propio beneficio de la institución. Por eso que Dios anduvo flojo y despistado sin saber muy bien qué quería, porque desde luego que el fundador fue exquisito obedeciendo. Quien contrata levanta la voz y exige se reconozca su dignidad y capacidad de decidir y contratar…(eso que hemos oído y dicho tantas veces de que yo hago lo que me da la gana, soy dueño de mis actos…) Pero van los jueces y le dicen que sí, muy digno, pero que es uno más en la residencia y paga a la empleada de una caja común, determinada en parte por la promotora del lugar (detrás de la cual está el Opus Dei). Por lo tanto no es cabeza de familia independiente, autónomo...

No son familia, y tampoco quieren ser convento oficial del Opus Dei. Ni se sabe qué son! Patino absolutamente en el tema jurídico, pero quiero entender que algo de esto quiere desvelar la sentencia. Ojalá que vaya habiendo sentencias de todo tipo que muestren la realidad del Opus Dei, que no encaja ni en la sociedad civil ni dentro de la iglesia. Va permanentemente sorteando leyes para que nadie pueda controlarle, pisando la línea de la legalidad o saltándosela olímpicamente.

Bueno, y para terminar, ¿qué decir de la administradora voluntaria que dirige los trabajos? Es el colmo de la santidad en medio del mundo! Una mujer laica, de la calle, que no necesita ingresos para vivir. ¿No es milagroso? Los millones de pobres que hay en España bien necesitarían la receta para vivir así. A esto cómo me gustaría que algún juez la hincara el diente!! ¿Y esa señora de qué vive? ¿Quién la mantiene? ¿Cómo contribuye al bien común? ¿Cómo accede a la sanidad pública, porque me figuro que de ninguna manera le da para tener un seguro privado? Dios anduvo flojo!!

Un sentido abrazo para Sinfonía. Me alegro mucho que la paz haya vuelto a vuestra casa.

Carmen Charo




Publicado el Wednesday, 15 June 2016



 
     Enlaces Relacionados
· Más Acerca de 110. Aspectos jurídicos


Noticia más leída sobre 110. Aspectos jurídicos:
Estatutos del Opus Dei - 1982


     Opciones

 Versión imprimible  Versión imprimible

 Respuestas y referencias a este artículo






Web site powered by PHP-Nuke

All logos and trademarks in this site are property of their respective owner. The comments are property of their posters, all the rest by me

Web site engine code is Copyright © 2003 by PHP-Nuke. All Rights Reserved. PHP-Nuke is Free Software released under the GNU/GPL license.
Página Generada en: 0.145 Segundos