Bienvenido a Opuslibros
Inicio - Buscar - Envíos - Temas - Enlaces - Tu cuenta - Libros silenciados - Documentos Internos

     Opuslibros
¡Gracias a Dios, nos fuimos
Ir a la web 'clásica'

· FAQ
· Quienes somos
· La trampa de la vocación
· Contacta con nosotros si...
· Si quieres ayudar económicamente...
· Política de cookies

     Ayuda a Opuslibros

Si quieres colaborar económicamente para el mantenimiento de Opuslibros, puedes hacerlo

desde aquí


     Cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información aquí

     Principal
· Home
· Archivo por fecha
· Buscar
· Enlaces Web
· Envíos (para publicar)
· Login/Logout
· Ver por Temas

     Login
Nickname

Password

Registrate aquí. De forma anónima puedes leerlo todo. Para enviar escritos o correos para publicar, debes registrarte con un apodo, con tus iniciales o con tu nombre.

     Webs amigas

Opus-Info

NOPUS DEI (USA)

ODAN (USA)

Blog de Ana Azanza

Blog de Maripaz

OpusLibre-Français

OpusFrei-Deutsch


 Correos: El testimonio del representante legal de la prelatura.- Hormiguita

110. Aspectos jurídicos
hormiguita :

El representante legal de la prelatura deja un testimonio inquietante al juzgado. Se trata de "lo imperativo".

Primero leamos lo que escribe el fundador en la "Instrucción sobre el modo de hacer proselitismo", fechada 1.4.1934.


Punto 80 2) Directores espirituales. Recordad lo que implicitamente dije sobre esto, al hablaros del espiritu sobrenatural de la Obra. Es menester — aprovecho este momento para deciros algo que no es un mandato: es un consejo imperativo—, es menester que tengais completa libertad para confesaros con quien querais. Pero que vuestro director espiritual sea siempre un sacerdote de la Obra.

El fundador establece un "consejo imperativo", no un mandato. Consejo Imperativo a fin de cuentas. La razón para escribir la expresión "consejo imperativo", y no "mandato", es sencilla. El fundador no podía dejar un "mandato", porque no tenia estructura jurídica que se lo permitiera. Los primeros estatutos de Pia Union son de 1941. En ellos, reconoce que hasta la fecha de 1941, "dirige privadamente una labor de apostolado llamada Opus Dei". (Ver la carta de 14 de Febrero de 1941 -que encabeza el documento citado- del fundador al obispo de Madrid, en la cual pide la aprobación del opus dei como Pía Union). La instrucción de 1934, muy anterior. El fundador no había obtenido de la Iglesia ninguna potestad como mandatario. Este explica el uso del termino "consejo imperativo". No podia "mandar" potestativamente. Pero podia "aconsejar imperativamente".

Cuando el fundador daba un consejo imperativo... que cada cual recuerde lo que le enseñaron en la obra.

¿Que es lo que dice el representante legal de la prelatura al juzgado y que recoge la sentencia contra Agustina?: “El unico documento que establece obligaciones son los Estatutos, y que nada de lo establecido en los otros documentos tiene "carácter imperativo".

¿Se lo ha pensado bien ese representante legal? Pues será que no, porque en 1934 el fundador ya imprimió carácter imperativo a la práctica de tener dirección espiritual solo con los sacerdotes del obra. Entre las expresiones "carácter imperativo" (el representante) y "consejo imperativo" (el fundador), hay bastante similitud. La diferencia se observa en que el representante legal niega lo imperativo, y el fundador afirma lo imperativo.

Según tengo entendido, la Ley Orgánica de Poder Judicial dice "el testigo (no el denunciado o denunciante) que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial" incurre en un delito de falso testimonio. Para hacerle justicia al representante legal de la prelatura, habría que probar si es falso o no, su testimonio. Entiendo que es verdadero, porque hasta 1941, el fundador no podía establecer mandatos. Yo no voy a entrar más en ello; pero someto a los lectores lo que escribía el fundador en 1934. Y a la conciencia del representante legal,-que testimonió en el juzgado-, también.

Hormiguita



Publicado el Monday, 21 April 2014



 
     Enlaces Relacionados
· Más Acerca de 110. Aspectos jurídicos


Noticia más leída sobre 110. Aspectos jurídicos:
Estatutos del Opus Dei - 1982


     Opciones

 Versión imprimible  Versión imprimible

 Respuestas y referencias a este artículo






Web site powered by PHP-Nuke

All logos and trademarks in this site are property of their respective owner. The comments are property of their posters, all the rest by me

Web site engine code is Copyright © 2003 by PHP-Nuke. All Rights Reserved. PHP-Nuke is Free Software released under the GNU/GPL license.
Página Generada en: 0.141 Segundos