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 Tus escritos: Ejemplo de obediencia del Opus Dei al obispo.- Josef Knecht

125. Iglesia y Opus Dei
josef knecht :

Ottokar (2.10.2013) pregunta si un obispo diocesano puede imponer normas jurídicas a la prelatura del Opus Dei dentro del territorio de su diócesis. Opino que sí, pues el obispo, siendo el responsable máximo de la labor pastoral de la Iglesia sobre los fieles de su diócesis, no puede ni debe quedar maniatado por las prelaturas personales. La pregunta de Ottokar nos llevaría muy lejos, porque se adentra en el espinoso problema de la “exención” de las órdenes religiosas –y ahora habría que añadir las prelaturas personales– respecto a los obispos diocesanos.

 

Me ha venido a la memoria una anécdota que viví en los años 80 del siglo XX en Pamplona; conste de entrada que hablo de viejos recuerdos y puedo ser algo impreciso, pero lo narrado es cierto. Después de la transformación del Opus Dei en prelatura personal (1982), llegó a los centros del Opus la indicación de que en la plegaria eucarística de la misa se rezara por el prelado del Opus Dei además de rezar por el obispo diocesano. Es sabido que, según el Misal Romano, en la plegaria eucarística el sacerdote celebrante menciona al papa y al obispo del lugar; en los centros del Opus Dei se menciona además, por este orden, el papa, el prelado del Opus y el obispo diocesano: “por el Papa Francisco, por nuestro Prelado Javier y por nuestro Obispo X”.

 

Sin embargo, cuando un sacerdote del Opus celebra la eucaristía no en un centro del Opus, sino en el oratorio de una obra corporativa o de una labor personal, la praxis que se suele seguir (o se seguía en aquellos años) es la de un ligero cambio de orden, esto es, el papa, el obispo diocesano y el prelado del Opus: “por el Papa Francisco, por nuestro Obispo X y por nuestro Prelado Javier”. Ese cambio de orden responde seguramente a una cuestión de estética jerárquica a tenor de lo que “suena” mejor en cada caso según el tipo de gente que asiste a la celebración: en los oratorios internos y exclusivos para los miembros del Opus, en los que se suele emplear la lengua latina en la liturgia, se antepone el prelado al obispo; en los oratorios semipúblicos o públicos, en los que acude gente variada y se emplea la lengua vernácula, se antepone el obispo del lugar al prelado; y el papa siempre es el primero de los tres jerarcas.

 

Cuando comenzó esta praxis, el entonces arzobispo de Pamplona, don José María Cirarda, fue informado de que en los oratorios de la Universidad de Navarra los sacerdotes de la prelatura rezaban en la plegaria eucarística por el papa, por el obispo de Pamplona y por el prelado del Opus Dei. Pues bien, al arzobispo Cirarda le pareció litúrgicamente dudosa la inclusión del nombre del prelado en la plegaria eucarística, y realizó una consulta formal sobre esa cuestión a la Congregación vaticana de Liturgia y Culto Divino. La respuesta que esta Congregación hizo llegar al arzobispo pamplonés establecía lo siguiente: no se debe incluir en la plegaria eucarística al prelado del Opus Dei, aunque sí se puede rezar por él nominalmente en la oración de los fieles de las misas celebradas en los oratorios de las labores apostólicas de la prelatura. Don José María Cirarda publicó en el Boletín Oficial del Arzobispado de Pamplona, si la memoria no me falla, la carta que él había escrito a la Congregación y la respuesta de ésta e instaba a todos los sacerdotes –también a los de la prelatura– a que se atuvieran a lo indicado desde Roma. Que yo recuerde, en ningún momento los sacerdotes del Opus en Pamplona se atuvieron a lo decretado por Roma y por Cirarda y continuaron con la praxis inicial como si Cirarda no existiera, aunque por lo menos tenían que mencionar su nombre en la plegaria eucarística (¡qué remedio!), eso sí, unas veces en tercer lugar y otras en segundo.

 

¡Vivir para ver! Si todo esto no es delirio de identidad, que me digan qué es.

 

Josef Knecht




Publicado el Friday, 04 October 2013



 
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