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 Correos: La nulidad matrimonial.- Josef Knecht

125. Iglesia y Opus Dei
josef knecht :

 

Quisiera responder a la pregunta planteada por Soyyootravez (26.04.2013) sobre la praxis de los sacerdotes y canonistas del Opus Dei acerca de la nulidad matrimonial. Recuerdo que hace muchos años los sacerdotes y canonistas del Opus defendían a ultranza el vínculo matrimonial y desaconsejaban a los cónyuges el recurso a la nulidad. Pero me parece que en los últimos años esta praxis rígida ha cambiado y se ha flexibilizado.

 

Según la praxis habitual de las curias diocesanas y de los correspondientes tribunales eclesiásticos, la nulidad matrimonial se presenta a día de hoy en toda la Iglesia Católica como una de las “soluciones pastorales” que el Derecho Canónico ofrece a los matrimonios en crisis irreconciliables. Soyyootravez dice que la nulidad le resulta incomprensible; por eso, le hago saber cordialmente que la nulidad matrimonial no sólo está prevista por el Derecho Canónico desde hace varios siglos, sino que se recomienda como posible solución pastoral para casos extremos e irresolubles. Un tribunal eclesiástico investiga y concluye que, cuando se celebró el casamiento, hubo un vicio, desconocido entonces por los contrayentes y por los demás, que impidió la validez del consentimiento matrimonial; este fue sólo aparente, y el matrimonio fue –y ha sido siempre– nulo. También puede suceder que el tribunal eclesiástico concluya que el matrimonio se celebró válidamente y, por tanto, no reconozca su nulidad; en este caso, los cónyuges siguen siendo marido y mujer porque siempre lo han sido desde el día de la boda. Esta es la teoría; los problemas surgen con mucha frecuencia en la vivencia práctica porque la inmensa casuística matrimonial, tan variada como la vida misma, hace en muchos casos dudosa o conflictiva una sentencia judicial a favor de la nulidad o invalidez de un matrimonio.

 

Aunque ya hace muchos años que no mantengo relación alguna con los canonistas del Opus Dei y no sé exactamente cómo piensan y actúan a día de hoy, no me extrañaría nada que los modernos curas del Opus –y sus laicos especializados en Derecho Canónico– se hayan adaptado a la praxis de los actuales tribunales diocesanos, que líneas más arriba he presentado en pocas palabras. Lo que sí recuerdo de mis años de Pamplona (la década de los 80 del siglo pasado) es que los canonistas del Opus exigían que las causas de nulidad se hicieran seriamente, es decir, que no fueran “coladeros tramposos” y que en el juicio se demostrara con honradez que un vicio de raíz impidió en su momento el consentimiento matrimonial válido. Si esta honradez en el proceso de nulidad se vive bien, los canonistas del Opus no tenían inconveniente –así son mis recuerdos– en recomendar un proceso de nulidad a un matrimonio en crisis. La praxis del Opus Dei se va adaptando a las características de los obispos actuales porque son obispos conservadores que no cambian mucho la situación de la “buena doctrina”: las pequeñas variaciones que esos obispos introducen respecto a las rigideces que hace años se vivían en el Opus son digeribles por los clérigos de la prelatura. Así veo las cosas.

 

Otra cuestión es el problema personal de la chica joven de que habla Soyyootravez. Es un problema de difícil solución, porque la chica tiene algo de razón: sus padres vivieron –con buena voluntad, eso sí– un falso matrimonio, de manera que la chica es hija de padres solteros (siempre a tenor de la doctrina establecida por el Derecho Canónico). Lo que habría que explicar a esa muchacha es que, teniendo en cuenta que el falso matrimonio de sus padres no era en realidad una mentira, sino un error invencible (hasta que un tribunal eclesiástico lo venció, como pasó con la “Armada Invencible” en 1588), no tiene sentido plantearse escrúpulos de conciencia. Los seres humanos tenemos que aprender a convivir con el error, no con la mentira, ya que “errare humanum est”. Y, por supuesto, su padre y su madre lo son de verdad y, pese a la declaración de nulidad matrimonial de sus progenitores, éstos siguen siendo su padre y su madre (los tribunales eclesiásticos no son magos que hacen desaparecer los objetos visibles). Esa chica ha de mirar hacia adelante y orientar sus pensamientos y deseos en proyectos de futuro, a la vez que no debería torturarse anímicamente entreteniéndose con los argumentos jurídicos ni con los quebraderos de cabeza de los tribunales eclesiásticos. Hay en la vida otras realidades muchísimo más interesantes y amables en las que pensar. No sé qué edad tiene la chica, pero, a determinadas edades, los circos son muy recomendables. Las piruetas que se hacen ahí son portadoras de mucha más felicidad que las piruetas jurídicas de los tribunales eclesiásticos, los cuales no pocas veces son unos circos que prefiero no calificar.

 

Josef Knecht




Publicado el Monday, 29 April 2013



 
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