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 Tus escritos: Vocación sacerdotal: ¿Quién elige? (2).- Haenobarbo

125. Iglesia y Opus Dei
Haenobarbo :

Quiero agradecer a Perla del Adriático y a Paulino sus notas de respuesta a la mía del lunes pasado, relativa a la vocación sacerdotal en el Opus Dei.  Estoy seguro de que estamos de acuerdo prácticamente en todo.

Pido disculpas a Paulino por no haber citado su escrito, que en realidad fue el que dio origen a este intercambio epistolar: no cuento con mucho tiempo para escribir y a veces se me pasan todos los antecedentes,  lo había leído...



En mi escrito, intenté reflejar la doctrina católica respecto a la vocación al sacerdocio, lo que escribí no es pues mi opinión personal. La doctrina, como casi siempre tiene un correlato jurídico: ese correlato jurídico es en cierto modo mi especialidad. Y me parece que es muy importante tener en cuenta lo doctrinal y lo jurídico, como “esqueleto” de este asunto, como casi de cualquier otro. Es sobre ese esqueleto sobre el que luego podemos poner lo que llamaría en este caso, el “ropaje pastoral” que es, si no estoy equivocado, a lo que apunta Perla del Adriático y en buena medida Paulino.

No he dicho, al menos eso creo, que en el Opus Dei se proceda bien o mal en el tema de la llamada al sacerdocio: he dicho, o he querido decir – me perdonarán si no lo conseguí - que se procede en todo conforme a la doctrina y al derecho.

Esto puede resumirse en lo siguiente:

- Nadie tiene “derecho” a ser ordenado

- Nadie puede exigir ser ordenado

- La llamada se recibe a través de los legítimos pastores, lo que es igual a decir que solo los pastores pueden llamar legítimamente a alguien al sacerdocio. Cuando hablo de legitimidad, me refiero en sentido jurídico, solo al que puede llamar, no al que convierte en eficaz esa llamada: el que la convierte en eficaz, es decir el receptor, no está legitimado para llamarse a sí mismo, porque nadie lo está: él solo puede responder.

No es lo mismo jurídicamente “condicionar” la vocación a cualquier cosa –en este caso puede ser al Opus Dei y al sacerdocio en el Opus Dei– que “estar dispuesto a”, por la sencilla razón que una cláusula condicional no perfecciona, por ejemplo un contrato, hasta que esa condición se cumple.

Advierto que lo mismo pasa en cualquier negocio jurídico: acepto a fulano en matrimonio “con la condición de que... ”o “compro este terreno con la condición de que florezcan agapantos”; el llamado negocio jurídico no quedaría perfeccionado hasta que la condición se cumpla. Hay contratos en los que la cláusula condicional está expresamente prohibida, hay otros en cambio en los que el contrato se va perfeccionando a medida que la o las condiciones se van cumpliendo: no es el caso de la admisión al Opus Dei ni a ninguna Orden o Congregación religiosa.

Este es el problema de entrar en temas que tienen un marcado componente jurídico y yo entiendo perfectamente que la inmensa mayoría de las personas vayan por otros derroteros menos estrechos, pero ésta es la realidad.

Hay varios puntos en la nota de Perla del Adriático y en la de Paulino, que podría analizar bajo esta perspectiva, pero creo que con lo dicho nos entendemos: en cualquier caso siempre estoy dispuesto a aclarar lo que haga falta. Y esto no por falta de interés o de respeto a los interlocutores, sino porque en el fondo estamos de acuerdo.

Un detalle que no es menor: desde el momento en que para ser admitido en el Opus Dei y se le pregunta si está “dispuesto” a ser ordenado, y se le interroga respecto a que no pone como condición para ser admitido en el Opus Dei el ser ordenado, y el momento en que se le pregunta “en nombre del Padre” (porque ni siquiera es él mismo el que pregunta) si quiere ser ordenado, pasan algunos años: el sujeto crece, recibe una formación, convive con sacerdotes, va al Seminario Internacional de la Prelatura.

No es pues exactamente el mismo chaval que pidió la admisión, el señor hecho y derecho que recibe del Prelado la llamada.

Si ese señor hecho y derecho, no ha entendido – quizá porque tiene una malformación mental propia o inducida – que Dios mismo desea que conteste con absoluta libertad, indudablemente está en un serio problema: y pienso que no pocas veces el Opus Dei tiene una enorme responsabilidad en ese tema.

Josef Knecht resume magistralmente la situación “pese a las rarezas de la vida interna del Opus, cumplen bien con los requisitos establecidos por la ley y las costumbres de la Iglesia: disponibilidad del candidato y llamada de la correspondiente autoridad eclesiástica a ese candidato”.

Paulino también dice algo semejante.

Lo de “las rarezas” es magistral, porque en definitiva se trata de eso. En el Opus Dei falta la “frescura” que se da en las diócesis y en las Órdenes y Congregaciones religiosas en relación con la llamada al sacerdocio, con el Seminario etc.

En el Opus Dei, durante muchos años no se permitía a nadie hablar del Seminario o de los Centros de Formación: nadie estaba ahí ni nadie había estado nunca. Cuando el Instituto Secular se convirtió en Prelatura Personal, a los alumnos de los Seminarios Internacionales, sobre todo a los de Roma, se les decía que discretamente y a determinado tipo de personas, convenía mencionarles lo del seminario.

Y aquí permítanme apuntar algo que ya he mencionado alguna vez: el fundador tenía pavor de que en el Opus Dei pasara lo que ha pasado en algunas familias religiosas: que a alguien se le ocurra “exigir” ser ordenado, como pasó con los Escolapios de san José de Calasanz o más recientemente con los “hermanos” en la Compañía de Jesús, que organizaron la marimorena tratando de exigir el derecho de todos a ser ordenados sin tener en cuenta la “diversidad” de vocación.

Por eso en el Opus Dei, el tema del sacerdocio no es natural: es algo de lo que no se habla. En el Colegio Romano no era frecuente que nadie contara que ya le había escrito el Padre manifestando su disponibilidad. No recuerdo jamás haber oído que alguien hubiera comentado que ya había hecho la ceremonia de admisión en el seminario, y si se hacía en grupo, creo que ni los del grupo lo comentaban entre sí: como si no se hubieran visto todos juntos en el Oratorio!!

Estoy de acuerdo con Paulino y con Perla del Adriático de que la “llamada” es un ida y vuelta entre el Espíritu Santo que llama y el individuo que percibe la llamada de la gracia: en el Opus Dei se aplica a rajatabla lo que dice la doctrina y el derecho: el sujeto de la vocación sacerdotal es un sujeto pasivo que recibe la llamada de su pastor.

Respecto al tema de la libertad, no creo haber dicho nunca que esa libertad no existiera: al contrario, escribí que supe de dos personas (no supe de más quizá porque en el Opus las conversaciones particulares están prohibidas) que le dijeron al Padre que no deseaban ordenarse y no sé, debo decirlo, que esas personas hayan sufrido algún tipo de represalia.

También sé, y puedo atestiguarlo ante un Tribunal si se me lo pidiera, de un caso muy concreto, de un numerario que no quería ordenarse y se ordenó porque el Padre se lo había pedido: quizá debí ir a decirlo al Director. Le dije a esa persona que hablara y me contestó algo así como: es que seguramente si el Padre me lo pide el equivocado soy yo y esto es una tentación del demonio.

El pobre se ordenó, no podía celebrar Misa del pánico que le entraba. Se enfermó, lo mandaron a otra región donde lo atendió Menghelle, un psiquiatra muy conocido. No sé qué será de él.

Efectivamente, se podría solicitar la nulidad de una ordenación, como se puede pedir la nulidad de un matrimonio, pero es muchísimo más difícil poder aportar una prueba válida y contundente de un consentimiento viciado: para la ordenación sacerdotal, no solo en el Opus Dei, sino en todas las diócesis y aun entre los religiosos, la cantidad de veces que hay que manifestar la absoluta libertad con que se consiente es tal, y las pruebas escritas son de tal claridad, que es prácticamente imposible probar un vicio de consentimiento.

Podría seguir, pero temo que no sea necesario. En cualquier caso, si alguien piensa que hay algún punto que pueda aclarar, no hay más que decirlo: si puedo aportar algo lo hago encantado.

Una sola cosa más: sería interesantísimo poder tener un cuadro comparativo de cuántos sacerdotes abandonan el Opus Dei, aunque sigan siendo sacerdotes incardinados en alguna estructura jurisdiccional y cuántos lo hacen en otras instituciones de la Iglesia: mucho me temo que el resultado puede ser aterrador, para el Opus Dei por supuesto.

Haenobarbo  

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Publicado el Friday, 30 March 2012



 
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