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 Correos: La virtud de la Obediencia a partir de ahora.- alfonso_pm

110. Aspectos jurídicos
alfonso_pm :

A raíz de los cambios introducidos en la praxis de la Obra por el actual Prelado en su carta de octubre de 2011, resulta que los miembros del Opus Dei solo tendrían por superiores al mismo Prelado y a  sus Vicarios, y por lo tanto solo a ellos deberían obedecer. Si estos cambios fuesen reales, se plantearía un problema de orden ascético, ya que en la práctica los miembros de la Obra no podrían practicar la virtud de la Obediencia, al menos dentro del Opus Dei.

En efecto, cualquier miembro de la Prelatura se puede preguntar: ¿cuántas veces el Prelado, el Vicario regional o el Vicario delegado -el Director de la Delegación- me han mandado algo? Y la respuesta, en la inmensa mayoría de los casos será: nunca. Luego a partir de ahora -si los Directores no tienen autoridad sobre él- ese miembro no podrá practicar la virtud de la Obediencia, por lo menos en la Obra.

Lo cual parece contradecir bastante la predilección del Fundador por esta virtud:

"Por eso, en la Obra queremos obedecer siempre, de tal manera que, en cuanto hay juntos dos de nosotros, uno tiene que ser el Director, según la ley de la precedencia." (san Josemaría, Meditación, 9-III-1962).

alfonso_pm




Publicado el Monday, 07 November 2011



 
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Estatutos del Opus Dei - 1982


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