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 Correos: Preferir la lectura del pasado antes que el cambio del presente.- Daniel_M

140. Sobre esta web
Daniel_M :

El viernes 4 de febrero, algunos lectores han opinado sobre mi último escrito, duro te es dar coces contra el aguijón. Y para contestarles, esta será la última vez que trate sobre las reclamaciones de tutela del derecho de acceso a datos; porque, sinceramente, es algo que quiero dejar atrás después de varios años de reiterada frustración con la Agencia Española de Protección de Datos.

Ana Azanza, agradezco tus palabras. El papeleo es siempre desagradable. Sobre todo cuando dedicas tiempo y dinero para preparar una reclamación, formular unas alegaciones, presentar unas pruebas, recurrir; sabes que el hecho y lo que pides se ajusta a la norma y te encuentras con un representante del Opus Dei que emplea la falsedad y la difamación para oponerse a ti y, además, quien resuelve es profundamente arbitrario y desestima injustificadamente tu reclamación...  



Me preguntas “cómo proceder con la Agencia”. No sé qué se puede hacer con un jefe de sección arbitrario, que ni lee tus alegaciones, que se limita a hacer fotocopias y enviarlas a una y otra parte, y que te resuelve con una plantilla de procesador de textos. Porque esta es la situación en la Agencia Española de Protección de Datos. Un funcionario arbitrario de tutelas que resuelve por sistema en contra de la reclamación del ex-miembro del Opus Dei.

Si recurres la resolución arbitraria redactada por ese funcionario, te encuentras con otro –desconocido y que la Agencia se niega a identificar aunque se lo pidas- que resuelve tu recurso cortando y pegando parte de la resolución inicial y negándose a evaluar cualquier vulneración de la ley de procedimiento administrativo por parte del instructor. Como si la ley de procedimiento administrativo no fuera supletoria en la Agencia y, por tanto, aplicable. Y lo hace para castigarte con los gastos en abogado y procurador si quieres acudir la vía contenciosa.

Con este panorama, sólo puedo decir que te encuentras con un muro. El muro de la arbitrariedad, la falsedad y la difamación. Tú verás si quieres intentar saltarlo. Si fuera así, para obtener una primera información de este tipo de procedimientos lo puedes encontrar aquí,

http://www.agpd.es:8080/ximfind_buscador_nuevo/resultados-ides-idjsp.jsp?query=opus+dei&hitsPerPage=10&lang=es&hitsPerSite=0&x=43&y=18 

Janabenito, te doy las gracias por tu opinión, con la que estoy bastante de acuerdo. Los escritos que se publican en Opuslibros son útiles en cierto sentido. Al leer testimonios de otros ex-, pudiste ver que tu opinión no era la única y que no estabas en el error. Supongo que los testimonios publicados te ayudaron a rehacerte como persona. A ti y a muchos. Coincido contigo en la preocupación por la Iglesia, a la que veo mal en todos los niveles, desde seglares a prelados.

Pero mi último escrito criticaba que se prefiriese hablar, contar, desahogarse, etc… a actuar. Porque una cosa es escribir una carta con pseudónimo y otra muy distinta, actuar dando la cara para que una entidad cambie lo que hace mal. Y actuar es acudir al órgano estatal que puede obligar al Opus a respetar tus derechos.

Pero “actuar” puede obligar a estudiar una ley y un reglamento; a mirar la ley de procedimiento; leer las instrucciones de la Agencia existentes en su web, incluso sentencias en una base de datos; consultar con un abogado (y pagarle 100 euros por consulta); gastar en notario otros 100 euros en compulsas; gastar dinero en cartas enviadas por correo certificado; gastar horas –hasta fines de semana- para redactar lo mejor posible un recurso, llegar a contratar finalmente a un abogado para pagarle 70 euros por un escrito de ¡una hoja!... Y encima, llevarte la frustración reiterada de ver rechazada todas tus reclamaciones en la Agencia por un sinvergüenza arbitrario.

Añade, además, el “regalo” de leer las alegaciones de la representación del Opus, con sus mentiras y difamaciones sobre quien reclama. Porque, ¿sabes? Ese señor, abogado del Estado, administrador regional, que dice representar al Opus Dei de la Región de España, no tiene el menor reparo moral en defender a su entidad creando una imagen negativa y falsa del que reclama, dejándolo mal ante la Administración. Es su técnica y si así se lo indicas en tus alegaciones –como anonymous hizo- se obceca más en reiterarla de manera constante en todos sus escritos posteriores. Y ¡le sale bien! ¡Siempre gana!

No hay comparación entre escribir una carta bajo un pseudónimo y experimentar todo lo anterior. Sencillamente, no es comparable.

Mabel, tú hablas mucho. Y eso que fuiste tú quien presentó la primera reclamación de tutela en la Agencia, pidiendo la cancelación de tus datos personales. Esa primera ocasión te salió bien, simplemente porque el Opus no previó que algún ex acudiera a la Agencia y les cogió de sorpresa. Lo volviste a intentar de nuevo hace poco, pero esta vez te salió mal, no por el panorama tan contrario que hay ahora en Tutelas; sino principalmente porque no habías preparado ni tu solicitud ni tus alegaciones, de tal forma escritas que pusieron el procedimiento en bandeja de plata al Opus.

No se reclama la tutela de un organismo público para “hacerle pupa al Opus”, quizás esa fuera tu intención. Se acude a la Agencia porque el derecho de protección de datos personales –como el derecho al honor y a la intimidad- afecta al núcleo de derechos inalienables de la persona, a su dignidad. Se acude a la Agencia porque una entidad religiosa, el Opus Dei, no respeta la dignidad de un ex-miembro y le niega el acceso a los datos que posee de él en sus archivos. Y para no hacerlo, mienten comunicando que “no se conservan datos”. Lo que es falso, porque ni siquiera cancelaron los tuyos.

Torch, tienes razón en la diversidad de calidad y tipo de escritos en Opuslibros. Yo distingo entre escribir una carta y actuar en un procedimiento para obtener justicia. Estoy de acuerdo en la utilidad que mencionas de las cartas de Opuslibros. Pero pienso que es mucho más útil recurrir ante el órgano administrativo o judicial que puede hacer cambiar las cosas.

Pongo un ejemplo, esta es la situación que había en el Registro general español de Protección de Datos hace un año. Ficheros del Opus Dei registrados en la Agencia española en el 2010:

Ves que es exactamente cero. Pues esa oficina, no es el Opus Dei, sino un departamento del mismo según afirma su representante.

Este es el resultado, en ficheros de titularidad privada, a febrero de 2011.

 

 

Como puedes observar el Opus Dei ha inscrito dos ficheros. Según la información que me proporciona anonymous, el Opus Dei los inscribió para evitar la incoación de un procedimiento sancionador de la Agencia. Fue el resultado de la acción de un ciudadano, que tuvo que denunciar administrativamente al Opus porque incumplía la ley de protección de datos. Si un ciudadano puede hacer cambiar en algo al Opus, y, aunque sin rectitud de intención, esta entidad se vea obligada a cumplir con la ley ¿cuánto podrían hacer unas decenas de ex-miembros?

Respecto a las diferentes normativas de protección de Datos, en Europa existe una Carta de Derechos Fundamentales, en la que se recoge que el derecho de acceso es un derecho fundamental. Y en otros países, como México, también existe normativa similar a la europea. El Opus Dei está extendido por los cinco continentes y, desde luego, vulnera tanto la normativa europea como la que pueda existir en América, sean cuales sean sus diferencias.

Agustina, quizás no me explicara bien en mi escrito anterior. Creo que con todo lo que he expuesto hasta aquí, respondo al tuyo. Han sido unos años padeciendo la arbitrariedad de una institución de la Iglesia y de una Agencia pública. Gastando dinero, tiempo y esfuerzo para nada. En todas las ocasiones, los vicarios delegados, regional y administrador del Opus Dei se han mostrado prepotentes, han llegado a usar de la falsedad y de la difamación para negarse a atender la petición sencilla, legal y moral, que se les hacía: la información veraz sobre los datos personales de los ex-miembros que constan en sus ficheros.

Un instructor de la Agencia saboteó un expediente sancionador incoándolo contra un ente sin personalidad jurídica en vez hacerlo contra el Opus, a pesar de constar la prelatura claramente como denunciada, y lo hizo con el fin de que el “error” produjera el archivo de las actuaciones. Una oficina pública perdió hasta tres veces una solicitud de certificación de personalidad jurídica de la Región de España del Opus y envió los oficios a direcciones erróneas para no entregarlas al interesado a tiempo. El representante del Opus hizo trampas en los procedimientos de tutela como presentar escritos de otros procedimientos distintos y hacerlos pasar como respuestas según la ley sin serlo, remitir sobres en blanco y enviar simples notas rubricadas por cualquiera en vez de oficios de la prelatura. Todas sus argucias le sirvieron siempre en la Agencia; por supuesto, siendo el instructor el citado jefe de sección. Finalmente, la Agencia lleva retrasando más de cuatro meses la resolución a un recurso de reposición -cuando la ley establece el plazo de un mes, y lo habitual es hacerlo en dos- porque éste demuestra que la resolución del jefe de sección mencionado es claramente arbitraria.

Nada de lo que se ha pedido se ha conseguido, y los intentos, frustrados por la arbitrariedad, naturalmente desgastan. A la vez, compruebo que ningún ex-miembro ha ejercido su derecho y acudido a la Agencia en el último año. Parece que están más interesados en leer historias del pasado que en hacer algo efectivo para cambiar el presente.

Ante este panorama no podía escribir otra carta distinta que la del otro día. En cualquier caso, todo este asunto lo doy ya por acabado.

Daniel_M




Publicado el Monday, 07 February 2011



 
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