Ana Azanza :
ACTAS Y DOCUMENTOS DE LA PONTIFICIA COMISIÓN PARA LA INTERPRETACIÓN DEL DERECHO CANONICO
Documento original en latín traducido al español por Ana Azanza
REUNIÓN PLENARIA 20-29 OCTUBRE 1981
Impresa en 1991.
Sobre los cánones 335 a 339 que tratan sobre la prelatura personal. Están presentes los cardenales Ratzinger, Hume, Primatesta, Muñoz Duque, Krol, Willebrans, Roy, Marti, Tarancón, Bernardin, O’Connell, Stewart, Pimenta, Mac Neil, Verschuren.
Card. RATZINGER: Los cánones que se ocupan de este tema, según nuestra sentencia no se pueden tomar como están, no como si defendiéramos la exclusividad del principio territorial, como se dice en el libro, sino porque en esta estructura eclesiástica se mezclan y …. [LINEA ILEGIBLE EN EL ORIGINAL] ... se deben distinguir una diferencia intrínseca.
1. Por una parte está el principio eclesial o constitucional, según el cual la prelatura personal tendrá la índole de una iglesia particular, como sin duda lo tiene la prelatura castrense. Describiré brevemente la índole específica de una iglesia particular. Cada fiel pertenece a alguna iglesia particular, porque la iglesia universal no existe sino es en la iglesia particular. Se pertenece por tanto a una iglesia particular no por propia intención subjetiva ni por la voluntad de un prelado de “agregarse” algunos fieles o rechazarlos, sino simplemente por algún criterio objetivo, por ejemplo, el domicilio, el rito, el servicio militar… etc.
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Publicado el Wednesday, 08 September 2010
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