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 Correos: La Carta de Hermandad.- Haenobarbo

070. Costumbres y Praxis
Haenobarbo :

La lectura del escrito de Gervasio del 16 de agosto, Comentarios al Catecismo 2010, me trajo a la memoria la existencia de las llamadas Cartas de hermandad y recordé que en mis tiempos de numerario investigué de qué se trataba y cuales eran sus orígenes, por eso de establecer si había sido una invención del fundador. Recuerdo que entonces encontré que las tales Cartas estaban contempladas en las Constituciones del Carmelo de Santa Teresa, era por tanto una institución ligada a los religiosos. Ahora, leyendo a Gervasio, volví a buscar y lo primero que encontré es esta perla que va a continuación.

 

El diccionario de la Compañía de Jesús, explica extensamente su origen, su historia y su sentido. De hecho, su origen se remonta a Urbano V, que pontificó entre 1362 y 1370, que lo concedió como un privilegio a los frailes mendicantes.

 

Haenobarbo

 

 

Diccionario de la Compañía

Carta de hermandad

 

El P. General la puede otorgar a los bienhechores y amigos de la CJ, por la que les concede participar en las oraciones, buenas obras y sufragios de la CJ (Institutum S.I. 1:594s, nº 289). Como origen de esta facultad se cita la constitución de Urbano V, que concedió a los Generales y Provinciales de la Orden de los Menores poder comunicar sufragios, indulgencias, oraciones y bienes espirituales a sus bienhechores (Reiffenstuel, Theologia Moralis [Módena, 1763], tratado 12, distinción 3ª, nº 144).

 

En 1927 el P. General Wlodimiro Ledóchowski declaró que los Provinciales tenían facultad ordinaria para conceder estas cartas de hermandad tras oír el parecer de sus consultores, pero no debían concederlas fácilmente (AR 5 [1927] 740). Con estas cartas se cumple lo que indican las * Constituciones: «Los fundadores y bienhechores de los tales Colegios se hacen especialmente participantes de todas las buenas obras de ellos y de toda la Compañía» (317), sobre todo «por los que son de más importancia para el bien común de la Iglesia», «como los príncipes eclesiásticos y seglares» (638s). Francisco *Suárez, en su Comentario a la 3ª parte de la Suma de Sto. Tomás, al tratar de las indulgencias, en la disputa 55, sección 5ª ([París, 1861] 22:1157ss), explica como «impetración» esa aplicación de los méritos y buenas obras de la CJ a sus bienhechores y amigos, «pues así como por las obras buenas de toda la Religión Dios concede especiales beneficios a sus miembros, también los concede a todos los que están unidos a esa Religión» (Ibidem).

 

Por otra parte, quien ha recibido esa carta de hermandad puede apoyar su oración en los méritos de la CJ con más razón que otra persona que no goce de esa hermandad; lo justifica con nuestro proceder humano: “pues en atención a nuestra amistad hacemos favores a los que están unidos a nuestros amigos, aunque éstos no nos lo hayan pedido” (Ibid. 1159s, n. 11). También son más eficaces las oraciones que hacen los de la CJ por quienes han recibido la carta de hermandad, porque la oración es más influyente cuando se hace en favor de una persona unida que si se hace por una persona extraña. Participan también de las oraciones que se hacen por la CJ y por sus miembros; basta la voluntad del superior que ha concedido esa carta de hermandad para que el poder impetratorio de las oraciones que se hacen por la CJ y por sus miembros les favorezca también a ellos; si, además, quienes oran tienen una intención particular en favor de los que han recibido la carta de hermandad, esa oración es más eficaz.

 

Asimismo, participan de los sufragios que se ofrecen en general por los miembros de la CJ, gracias a esa unión que tienen con ellos. Participan de las indulgencias concedidas por el Sumo Pontífice a los miembros de la CJ en virtud de un antiguo privilegio otorgado a los mendicantes (cfr. Ibidem). En la actualidad, la práctica de este uso ha quedado al criterio de las diversas provincias. BIBLIOGRAFÍA. Const/Normas 413. Manual 306. E. Olivares.

 

 

 

Fuente: http://www.tinet.cat/~fqi_sj/arrupe/retalls/dic_herman.pdf




Publicado el Monday, 23 August 2010



 
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