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 Tus escritos: Otros consejos para confuso.- Daniel_M.

110. Aspectos jurídicos
Daniel_M :

Confuso, aparte de lo que te he expuesto en otro correo, acerca de la “justicia” para la Obra y para "ti mismo" se me ha ocurrido que puedes comprobar la rectitud de intención de los directores de esta institución de otras maneras. Y además tenerlo acreditado. 

 

Por ejemplo, tú –al no escribir la carta al Padre- sigues siendo aún miembro de la Obra. Hasta el 19 de marzo de 2010. Eso quiere decir, que no han destruido tu expediente personal. Aún lo mantienen en la delegación a la que pertenecías. Si vives en España, tienes el derecho de solicitar el acceso a esa documentación, de acuerdo con la ley 15/1999 de protección de datos de carácter personal. Si vives en otro país, existe legislación semejante respecto a los datos personales, pero tendrías que analizar que te permite hacer.

 

La ley 15/1999 que he citado, en su art. 15 te faculta para solicitar a la Delegación regional del Opus Dei, la fotocopia de todo tu expediente y pedirles información de donde se encuentra. También lo regula el Rd 1720/2007 de reglamento de protección de datos. Como ellos mantienen tu expediente, tendrán que argumentar algo al respecto. Tienen la obligación legal de contestar en debida forma. Es decir, como tal entidad jurídica, con personalidad jurídico civil y canónica. Contestar y si tienen tu expediente -que lo tienen- darte fotocopia de todo lo que haya (aunque te vaticino que dirán cualquier cosa, hasta mentirán, para no dárte nada)

 

Puedes remitirles esta solicitud a través del Notario eclesíastico, quien dará fe de que requieres a la prelatura personal del Opus Dei para que te den acceso a tus datos de carácter personal. También puedes requerirles por requerimiento notarial. Te será más barato a través del Notario de la diócesis que si lo haces a traves de un notario de la ciudad donde vives. El Notario da fe de todo hecho del que tiene conocimiento, y este valor fedatario es siempre muy conveniente. Desde luego el notario eclesíastico, o la propia diócesis, puede remitir tu escrito a la misma prelatura del Opus Dei.

 

Pero también puedes limitarte a solicitarlo por correo certificado dirigido a la dirección de la Vicaría delegada (o al Centro donde estás adscrito). Para mí es más seguro y acreditado el procedimiento anterior. En cualquier caso, si ellos no te contestan en un mes, puedes acudir a la Agencia española de protección de datos para que abran un expediente a la prelatura por no atender tu solicitud.

 

Por medio de este sencillo procedimiento, tendrás acreditado cual es el concepto que tienen ellos de la “justicia”. Comprobarás que es idéntico a la ley del embudo: ancho para mí, y estrecho para ti.

 

Otra idea, relativa a dicha carta al padre. Se me ocurre que podrías ir con dos testigos al notario de tu diócesis. Y allí contaras con todo detalle que eres miembro supernumerario de la prelatura del Opus Dei, que ingresaste en tal año, que llevas tantos años, etc… y que te requieren de tu centro que escribas una carta al padre para dejar de ser miembro. Puedes facilitar la dirección y nombre del centro al que estás adscrito y también puedes indicar que solicitas a través de la diócesis la emisión de una certificación de la prelatura que acredite que, como laico de la Iglesia, formalizaste un acuerdo canónico con dicha prelatura por la que te incorporaste. En tu solicitud -dirigida al Opus a través de la diócesis, bajo la fe notarial- comunicas que si el Opus Dei accede a entregarte dicha certificación, tú tendrás la disponibilidad de remitir la “carta al Padre” que ellos consideran de justicia.

 

Ten en cuenta que sigues siendo miembro, es decir, que ellos no pueden denegarte la emisión de una certificación de que ahora eres miembro. A ver si tienen el cuajo de hacerlo ante la propia diócesis a la que perteneces. Por cierto, el tema de la certificación no entra dentro de los compromisos particulares que realizaste con la Prelatura. Forma parte de tu derecho básico como laico diocesano. Por tanto, tu obispo es competente -según la Declaración Prelaturae Personales de 1982 de la Congregación para los Obispos- para apoyar tu petición de certificación al Opus Dei. Es además, su deber legal. Podrías reclamar al Obispo en caso de que la prelatura del Opus Dei se negase a darte la certificación. Aunque también puedes tener la mala experiencia de que tu obispo hiciera acepción de personas y se lavara las manos sobre tu petición de certificación. Pero, en principio, no perderías nada por solicitar dicha certificación a través de la diócesis.

 

Es otra forma de acreditar ante la Iglesia, la verdadera disponibilidad de esta prelatura personal a la hora de hacer “justicia” a un laico. Y así, para "tí mismo" te quedará claro cual es la "justicia" del Opus Dei a un miembro, o próximo ex-miembro.

 

Con el deseo de que tengas el ánimo y la valentía de seguir lo que te aconsejo, te saludo cordialmente.

 

Daniel_M.




Publicado el Wednesday, 04 November 2009



 
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Estatutos del Opus Dei - 1982


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