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La noción de pecado individual y el deber de los directores, o consiliarios, o de quien hace la charla, o de quien “hace las veces de Dios”.
¿No son pecados el silencio y la omisión?
Tomo algunos apuntes textuales acerca de la consideración de pecado que nos enseña la Iglesia. Difiere en algunos aspectos, tal vez en muchos, en la acepción de pecado considerada en el opus dei. Por ejemplo, para el o.d. no es pecado vulnerar, aunque sea de manera indirecta, el sigilo sacramental, (Sigilo sacramental, cumplimiento y cumplo y miento, de J.C. el 10-10-2003) ni tampoco es pecado proporcionar un medicamento a un paciente, para que reprima su sexualidad, afectando su virilidad, su naturaleza humana, aunque sea una práctica contra natura. Para el opus dei es pecado no rezar jaculatorias durante el día, o dejar de practicar cantidad de normas que hay que cumplir. En la Iglesia el incumplimiento de normas no se contempla como pecado, ni siquiera como venial, pues cada Instituto religioso o congregación, se puede inventar las normas que desee. El o.d. tiene más normas establecidas que cualquier institución religiosa, aún las congregaciones de clausura.
¿Qué es pecado?
De acuerdo a lo señalado en el Catecismo católico, el pecado es "una falta contra la razón, la verdad, la conciencia recta; es faltar al amor verdadero para con Dios y para con el prójimo, a causa de un apego perverso a ciertos bienes. (puede ser el apego a una verdad que no existe, como en el opus) Hiere la naturaleza del hombre y atenta contra la solidaridad humana. Ha sido definido como ‘una palabra, un acto o un deseo contrarios a la ley eterna’ (S. Agustín, Faust. 22, 27; S. Tomás de A., s. th., 1-2, 71, 6) )" [2]
Entonces se considera pecado a toda acción u omisión que cause daño a la persona, a la pareja, a la familia, a la sociedad o al mundo. Esto nos hace comprender que pecado no es sólo hacer algo malo (acción), sino también dejar de hacer algo bueno (omisión). Un ejemplo de lo anterior es “dejar hacer”, “hacerse de la vista gorda con la corrupción y no hacer algo por reducirla o denunciarla”, “ser permisivos ante el mal”.
La penitencia
Algunos creen que la penitencia por un pecado consiste sólo en unas cuántas oraciones. ¡Qué fácil resultaría para asesinos, secuestradores o narcotraficantes cumplir la penitencia! Pero no es así. En casos de pecados veniales pueden ser sencillas oraciones, pero en el caso de pecados graves la penitencia va más allá: reparar el daño. Si un industrial se confiesa de contaminar el ambiente, su penitencia incluirá la obligación de buscar métodos para reducir al mínimo el daño. Para quien se ha enriquecido por avaricia, la penitencia será la generosidad con los más necesitados. Y entonces para quien haya profanado el confesionario o la dirección espiritual será, por lo menos, reconocer que se ha pecado, pedir perdón, evitar la ocasión…dejar el confesionario, y si aún así no puede… entonces dejar el sacerdocio. (Algunos del opus dei lo han hecho o lo están haciendo).
Entiendo entonces, que quienes fuimos objeto de abuso sexual, podemos esperar la reparación del daño hecho: si bien, el “individuo”, no hace la reparación, quien tiene el deber de dirigir su alma peca si “hace la vista gorda”, y eso es precisamente lo que hacen en el opus dei, pues “peca el que mata la vaca y el que le agarra la pata”.
No sabría darle nombre al pecado del silencio, pero el que calla, peca. Aún más si tiene el deber, la obligación moral de hacer algo, de evitar que se siga pecando “personal e individualmente”.
«Hijo de hombre, yo te he puesto como centinela de la casa de Israel. Oirás de mi boca la palabra y les advertirás de mi parte…”. Ez 3,18-21
¿No es esta la labor, la obligación moral de los directores, de los confesores, del consiliario, del padre?
Si el opus dei es una familia, ¿A quién le corresponde entonces encarrilar al hijo descarrilado sino a la madre guapa? ¿Puede una madre desligarse de ese deber sagrado sin tener que dar cuenta a Dios? ¿Puede decir “es un pecado individual” y lavarse las manos?
La Iglesia ha pedido perdón, aunque los pecados no los haya cometido la Iglesia, ésta ha asumido su responsabilidad en la historia, pues quienes pecaron “individualmente”, lo hicieron porque pertenecían a la Iglesia, de otra manera no habrían podido pecar.
Los casos, no pocos, de los que he hablado, son de sacerdotes formados desde muy jóvenes, moldeados, fundidos, “hechos a la medida” y ordenados en el o. d. y para el o.d., y el o.d. conoce, lo sabe, lo calla, y deja pasar, y permite…y “silencio que aquí no pasa”
Ocultar, callar, encubrir, disimular, permitir… ése es el pecado del opus dei. Eso es “agarrar la pata mientras el otro mete la pata, o lo que sea, o mata la vaca.
Y, si en España no pasa, qué bueno. Pero no quiere decir que al otro lado del charco, donde el clima tropical calienta los ánimos, no pase. Aunque cada “individuo” tenga su termostato, hay que conocer las tierras de Colón.
Gracias Agustina por aclarar el objetivo de estos correos sobre abuso sexual. He escrito sobre los casos que conozco, sobre lo que sufrí… no tengo idea de qué tan profundo es este mal en el opus dei; pero como las brujas: “de que los hay, los hay”. Y lo sabe Dios, los saben ellos, lo vivimos muchas.
Dios te pague Agustina y un abrazo fuerte.
Luci
Publicado el Monday, 25 May 2009
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