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 Correos: Sobre cómo marcharse de la prelatura del Opus Dei.- Josef Knecht

020. Irse de la Obra
Josef_Knecht :

Sobre cómo marcharse de la prelatura del Opus Dei.

A propósito del escrito de Salypimienta del 18.02.2009

 

Josef Knecht

 

 

1. Consideraciones teóricas y canónicas

 

En mis ya numerosos artículos publicados en Opuslibros he sostenido repetidamente que las prelaturas personales, tal y como están diseñadas en el Código de Derecho Canónico (cánones 294-297), constan sólo de clérigos; son una asociación de diáconos y sacerdotes, incardinados en la prelatura y sometidos a la autoridad del prelado, para la resolución de peculiares problemas pastorales que afectan a los fieles de las diócesis territoriales. Por eso, a una prelatura no pueden pertenecer laicos, si bien algunos de éstos pueden cooperar mediante un acuerdo o contrato con las obras apostólicas promovidas por los clérigos de la prelatura. Por todo ello, Salypimienta no se equivoca en el punto de partida de su escrito del 18.02.2009, en el que afirma: “Una prelatura está compuesta del prelado y su clero; los miembros laicos sólo son ‘cooperadores orgánicos’, quiere decir que obran conjuntamente con el prelado y su clero para obtener un mismo fin”...



De aquí Salypimienta concluye que, para abandonar el Opus Dei, basta con que un laico rescinda unilateralmente el contrato y afirma: “dejar de pertenecer al Opus Dei es lo mismo que dejar de pertenecer a una prelatura cualquiera”. Pero aquí es donde Salypimienta se equivoca. Me explicaré.

 

El Opus Dei no es una prelatura cualquiera, sino un híbrido entre prelatura personal e instituto secular. Es posible que en el futuro haya prelaturas personales ajustadas con más exactitud a la letra y el espíritu de los cánones 294-297; pero, a fecha de hoy, la única prelatura personal ahora existente es, en realidad, un “híbrido” entre prelatura personal e instituto secular. Así lo establecen los actuales Estatutos de la prelatura del Opus Dei, plenamente vigentes –desde 1983– a consecuencia de su aprobación por la Santa Sede; como bien nos recordó Gervasio en su artículo El Opus Dei como prelatura (4.02.2009), los actuales Estatutos de la Obra no son más que la adaptación de las Constituciones del año 1950, aprobadas cuando el Opus comenzaba su andadura de instituto secular (el Opus Dei fue instituto secular desde 1948 hasta 1982). Además, Libero ha tratado este tema a fondo en dos de sus artículos: La potestad de jurisdicción y su ejercicio en el Opus Dei (18.06.2008) y Complemento sobre la prelatura (2.07.2008).

 

Por tanto, para que un laico abandone el Opus Dei, no le basta con rescindir unilateralmente el acuerdo o contrato, sino que, previa o simultáneamente a la rescisión del contrato, ha de obtener la dispensa de los compromisos contraídos en las ceremonias de admisión, oblación y fidelidad. Como bien demostró Haenobarbo, esas ceremonias, que ya se practicaban en la incorporación al instituto secular Opus Dei, son ceremonias de consagración y siguen siéndolo en el Opus Dei como prelatura; vienen a ser como un voto y, por ello, requieren la dispensa del prelado o de los directores de la Obra (véase Haenobarbo, Sobre contratos y vínculos”, del 12.05.2008, y Haneobarbo, “La importancia del Derecho contra los errores del Opus Dei”, del 10.09.2008).

 

No me importa repetir lo que ya he afirmado en varias ocasiones: la cuestión jurídica del Opus Dei es muy compleja, pues está repleta de grandes y graves contradicciones. Eso explica que gente de buena voluntad, como Salypimienta, se equivoque fácilmente. Esas equivocaciones son consecuencia de la complejidad y la falta de buena voluntad con que el Opus Dei hace las cosas.

 

2. Consideraciones prácticas y morales

 

Después de haber dado una clase teórica, y quizás algo plúmbea, acerca del “híbrido” que el Opus Dei es actualmente a tenor de sus Estatutos, creo obligado explayarme en unas consideraciones prácticas de orden moral, pensando en la gente que se ha marchado de la Obra sin haber solicitado por escrito la dispensa de los compromisos que contrajeron en las ceremonias de incorporación a ese “híbrido”. También pienso en aquellos y aquellas que, con motivo del próximo 19 de marzo, estén planteándose la salida de la Obra.

 

El obrar moral humano lleva consigo necesariamente una carga de aspectos personales, íntimos, concretos y subjetivos que son los que imperan a la hora de calibrar las acciones en el plano de lo ético; asimismo deben ponderarse las circunstancias existenciales que afectan a la actuación de las personas. El obrar moral humano no es la fría aplicación de un manual teórico y plúmbeo de Filosofía Ética o de Teología Moral.

 

En el caso que ahora analizamos, hay que reconocer que la casi totalidad de los miembros de la Obra no tienen la formación jurídica o canónica que tenemos, por ejemplo, Gervasio, Haenobarbo, Libero, Daniel M. y yo mismo. Además, no se han leído los Estatutos de la prelatura (están en latín y no se difunden entre los miembros de la Obra) y han recibido de los directores una formación que más bien es deformación y desinformación de lo que la propia Obra es y de lo que son muchos aspectos de la espiritualidad cristiana (recordemos a este especto el reciente artículo de Gervasio sobre La espiritualidad del Opus Dei [16.02.2009]). En este contexto tan peculiar, es evidente que, si un miembro de la Obra hace las maletas sin haber solicitado formalmente la dispensa de sus compromisos, no obra mal ni peca ni hace nada que se parezca al pecado. Más bien actúa en plena consonancia y reciprocidad con el trato que ha recibido de los directores/as cuando pertenecía al Opus. Fue engañado por estos, y ahora se marcha con absoluta sinceridad, con la autenticidad que los directores no vivieron con esa persona. Por tanto, obra bien e incluso muy bien éticamente, y es injusto crearle innecesariamente falsos escrúpulos de conciencia.

 

Por otra parte, no quiero entrar ahora en el difícil tema –aunque sí lo menciono brevemente– de saber hasta qué punto son válidas o, por el contrario, nulas unas ceremonias de incorporación (admisión, oblación y fidelidad) celebradas en un contexto repleto de tanta desinformación. En efecto, esa confusión ha sido creada conscientemente por parte de los directores del Opus Dei: por un lado, te dicen que eres un cristiano corriente en medio del mundo y que no eres persona consagrada y, por otro lado, te obligan a hacer unas ceremonias de consagración y te imponen un plan de vida, que es el propio de frailes, monjas y laicos consagrados. ¿Serán válidas unas ceremonias de incorporación realizadas en un marco tan ridícula y conscientemente contradictorio? Sin ir más lejos, la equivocación de Salypimienta de considerar ingenuamente el Opus Dei como una prelatura personal cualquiera pone de manifiesto la inmensa confusión mental y existencial en que están sumidos los miembros de la Obra y muchos ex-miembros por no haber leído los Estatutos actuales de la prelatura ni haberlos comparado con las antiguas Constituciones y también por muchas razones más, que ahora no son del caso. En un contexto así, ¿son válidas las ceremonias de admisión, oblación y fidelidad que realizan los miembros de la Obra? Como se puede entender, esta delicada cuestión requiere un análisis más pausado y sereno. De momento, yo mismo no tengo una respuesta clara a esta pregunta, la cual debe ser planteada en el seno de la discusión de los aspectos morales, existenciales y prácticos acerca de este problema.

 

Concluyo con un consejo. A pesar de lo hasta ahora expuesto, me parece un comportamiento más prudente solicitar por escrito al prelado o a sus vicarios la dispensa de los compromisos por una sencilla razón práctica, que se puede comprender bien aunque no se tenga formación jurídica. Si uno ingresa en la Obra solicitando por escrito la admisión en ella, es congruente que se desvincule de ella siguiendo el mismo procedimiento (una carta solicitando la salida del Opus Dei y la dispensa de los compromisos). Esta es mi opinión y mi consejo: las cosas escritas son más claras que las meramente orales; así lo afirma el sabio proverbio latino verba volant, scripta manent (“las palabras vuelan, los escritos permanecen”).

 

Josef Knecht




Publicado el Friday, 20 February 2009



 
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