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110. Aspectos jurídicos
Pensativo :

Espero que a estas alturas, a pesar de la labor “inagotable” de la Firma por cambiar la realidad de las cosas, todos tengamos claro que:

1- La Firma no pertenece, no es parte de la estructura jerárquica de la Iglesia.

2- No existe el Obispo Prelado del Opus Dei: existe el Prelado del O. D que resulta ser Obispo.

3- Los únicos que integran, que forman parte, que son miembros de la Firma son los clérigos: todas/os las/os demás no son parte de ella, solo cooperan, llámense como se llamen.

4- A cada uno de los que pasamos una temporada –más o menos larga- en la Firma se nos dijo que establecíamos, con la Firma, un acuerdo de naturaleza contractual. Si ahora resulta que escondía un voto, que era realmente un “vinculo”: razón de más para desaparecer y, para ver que dicho acuerdo era nulo por error esencial en quien lo realizó.

5- Por ello para dejar de cooperar con la firma no hace falta dispensa. Solo hará falta si resulta que lo que nos ha sido presentado, explicado y vestido (al menos entre 1982 y 2000) como un acuerdo de naturaleza contractual es en realidad un vinculo (Haenobarbo Sobre CONTRATOS y VÍNCULOS. 12/5/2008).

Un ultimo comentario: me parece que la Firma esta viendo que no es fácil conjugar: “solución jurídica definitiva” y“naturaleza jurídica (CIC) de la Prelatura”: se han metido en un callejón sin salida por que lo que es, es y lo que no es, no es.

Pensativo




Publicado el Wednesday, 14 May 2008



 
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Estatutos del Opus Dei - 1982


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