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 Correos: Hay que reclamar al Opus Dei los años de cotización sustraídos. A Mabel.- Trinit

110. Aspectos jurídicos
Trinity :

Querida Mabel:

 

            El tema que has tocado pone en evidencia otro que sí me parece de justicia y que puede ser muy importante para muchas personas que, por haber estado trabajando en tareas internas, al abandonar el Opus Dei pueden encontrarse en situación de precariedad de cara a su jubilación.

 

En efecto, es cierto que las personas que abandonan la Obra no tienen derecho a reclamar ninguna devolución de las donaciones libremente realizadas. Pero sí que tienen derecho a reclamar ante la justicia que les resarzan de los perjuicios causados, en los casos en que se haya producido alguna injusticia.

 

            Concretamente, en España es ilegal tener trabajando alguien a tu servicio sin darle de alta en la Seguridad Social, a fin de que el trabajador o la trabajadora pueda ir acumulando tiempo de cotización para su futura jubilación. Incluso los que cobran en especie –siendo mantenidos por la organización en la que prestan sus servicios-, tienen ese derecho. Y así, las monjas, que en muchos casos no tienen una nómina, y los sacerdotes, están dados de alta en la Seguridad Social. Por eso no parece legal la situación de l@s que trabajan en tareas internas de la prelatura y en que han estado hasta hace poco los sacerdotes de la Prelatura.

 

            Me parece que deberían ponerse de acuerdo l@s que han estado trabajando al servicio de la prelatura y la han abandonado, para reclamarles legalmente los correspondientes años de cotización. De este modo, además de recuperar lo que les pertenece, evitarían que las autoridades de la Obra sigan manteniendo en un régimen de esclavitud a tant@s numerari@s.

 

Trinity




Publicado el Friday, 18 January 2008



 
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Estatutos del Opus Dei - 1982


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