Comentarios
a los Reglamentos del Opus Dei como Pía Unión (2)
II.
RÉGIMEN
(1ª
Parte: aa. 1-13)
Comenzamos el comentario de los anexos al Reglamento de
1941, que recomiendo leer situándose intelectualmente en el año 1941 y
como alguien que con la mejor intención está tratando de entender la Obra, sin
saber previamente nada de ella y que ya ha leído todo y sólo el "Reglamento".
Empiezo por el primero de
los anexos, titulado Régimen. Su autenticidad está fuera de duda porque su
contenido puede contrastarse con las abundantes citas que hace de él El itinerario jurídico del Opus Dei, que
menciona sus artículos 1, 2, 4, 7, 8, 12, 13, 14, 15, 19, 22, 24, 27, 31, 39, 40 (cfr. pp.
93-110).
Digo lo anterior porque su
contenido contrasta mucho con lo que luego aseguraría Escrivá años después:
tanto que los autores de El itinerario jurídico… evitan citar
textualmente sus artículos y lo presentan como un desarrollo de lo dicho en el
Reglamento: «El juego entre esos diversos documentos –sostiene El itinerario… -era claro: el
Reglamento ofrecía, de forma breve, una visión general del Opus Dei, de los
fines a los que se ordena y de las personas que lo integran, así como de los
órganos de representación y otros aspectos requeridos por la legislación civil
vigente entonces en España; los demás documentos detallaban y ampliaban esa
visión general, concretando diversos puntos sobre régimen de gobierno, prácticas
de piedad, espíritu, reuniones periódicas de formación, etc.» (p. 92). Pero,
como se irá poniendo de relieve al examinar la textualidad de los artículos,
nada de eso es cierto.
Además, los autores
sostienen que el carácter secular de la Obra y su fisonomía como difusora de la
llamada universal a la santificación quedan muy claros en estos documentos.
¿Por qué, entonces, ocultan, por ejemplo, las afirmaciones y expresiones
propias de la vida consagrada; las que hablan de que el objetivo de la Obra es
hacer «el apostolado desde los cargos
oficiales de la administración pública» (Régimen,
a. 1 § 2); las que excluyen de ese camino de santidad a los conversos y a
los cristianos con pocas generaciones de católicos entre sus ascendientes; o
las que priorizan el apostolado con los universitarios y a las profesiones
altas en detrimento del interés por todas las personas, con independencia de su
relevancia social?
No parece científicamente
riguroso que, tomando de aquí y de allá, esos autores hayan realizado una
teorización sobre una supuesta visión de la Obra en estos Reglamentos,
como promotora de la llamada a santificarse en el propio estado, que constituye
una alternancia histórica (una reinterpretación del estatuto de 1941 desde
planteamientos que Escrivá no haría hasta los años sesenta), y que es
apriorística, no científica, en cuanto efectúa una exégesis que se aparta de la
textualidad de los datos.
Todo esto parece muy
importante para entender que las faltas de secularidad que padecen los miembros
de la Obra, sobre todo los célibes, no obedecen a desviaciones del espíritu del
fundador, que podrán remediarse más adelante, en cuanto se adviertan: Portillo
y Echevarría no han malinterpretado el espíritu del fundador, como a veces
piensan los miembros que se quejan de faltas de secularidad. Estos sucesores de
Escrivá han sido fieles seguidores de una
hoja de ruta que sólo es secular
en su propaganda y en sus formas.
Por la extensión del
texto, hemos dividido en dos partes este comentario sobre el Régimen. En esta
primera nos vamos a encontrar sustancialmente con una organización de personas
que siguen una vida semejante a la de los religiosos, pero que han de atenerse
a unas formas seculares y a la ocultación de su compromiso en la Obra, para
poder cumplir el objetivo de evangelizar desde los cargos públicos; dejando
para la segunda parte lo referente a la organización jerárquica de la Obra y a
las sociedades auxiliares que establece para alcanzar el objetivo de influir
cristianamente en los ámbitos de poder.
[nº 5]
FINES Y MEDIOS
Art. 1.
1. El Opus Dei busca la santificación
de sus miembros y la salvación de las almas.
Hay que advertir que este artículo declara como fin
del Opus Dei no ya la santificación de sus socios mediante el trabajo
profesional, como dice el
Reglamento, sino que añade y quita algo. Quita "mediante el trabajo
profesional", y añade "la salvación de las almas." Por tanto, en
este artículo Escrivá intenta referirse sobre todo a la segunda parte, a la
salvación de las almas, es decir, al apostolado. Para ello parece requerir una
plataforma ("desde"). Y, ¿cuál
es la plataforma elegida? Sorpresa: no es lo que esperaríamos de personas que
han de vivir el cristianismo, es decir la identificación con Jesucristo, en su
vida. La plataforma que Escrivá prefiere es la posición de autoridad o poder
humanos, y especialmente aquello que tenga relación con el gobierno o
administración de la nación en que viven. No veo criticable que, si alguien
está situado en una posición de autoridad, pueda usar de ella como medio auxiliar
y subordinado para el apostolado. Pero el quid es el adverbio
"ordinariamente". Si "algo" debe ser ordinario entre los
socios quiere decir que los socios han de elegirse de manera preferente entre
aquellas personas que, o ya poseen ese "algo", o se prevé que lo
puedan conseguir sin especial dificultad.
Es decir, resulta
muy significativo que en este primer anexo al Reglamento, en que el fundador se expresa ya con la
claridad que falta en él, señale como fin de la Obra “la santificación de los
miembros y la salvación de las almas”. Pues, al ser este fin algo tan genérico,
común a todas las instituciones eclesiales, confiere al epígrafe 2 un mayor
realce, en cuando definitorio de lo específico de la Obra: esa santificación y
ese apostolado se buscarán a través de cargos de la administración pública. En
otros artículos de este anexo y en otros anexos del Reglamento
se hablará de influir en todos los ambientes sociales. Pero el fundador deja
claro que lo más prioritario y específico de su Obra es hacerse presente en
“los cargos oficiales de la administración pública”.
Esta
interpretación está corroborada por el modo como, dos años más tarde, el
fundador expondría los fines de la Obra en el n. 2 de los Lineamenta generalia que presenta al Obispo de Madrid-Alcalá para su aprobación como
Sociedad de vida común sin votos: «Su fin general es la santificación
de los miembros por el ejercicio de los consejos evangélicos y la observancia
de las propias constituciones; y su fin específico es trabajar para que
la parte intelectual y directiva de la sociedad se adhiera a los preceptos y
consejos de nuestro Señor Jesucristo»
(cit. en El itinerario…, p. 579. La traducción del latín y los subrayados son
míos).
¿Dónde
queda aquí su supuesta preocupación por los pobres y enfermos de los suburbios
de Madrid, de la que hizo gala toda su vida y que aparece en su Curriculum vitae,
enviado por el Obispo de Madrid-Alcalá a la Santa Sede el 28-VIII-1943 (cf. El
itinerario jurídico…, pp. 589-590)?
Escrivá realizó ese apostolado desde su llegada a Madrid en 1927 hasta 1931
porque era su obligación en el único cargo pastoral que tenía en Madrid, de
capellán de las Damas Apostólicas, que se dedicaban a eso. Si lo hubiera hecho
porque le interesaran los pobres y los enfermos, no se habría olvidado de ellos
a partir de ese momento, ni habría planteado las Visitas a los pobres con los
chicos de san Rafael, no como una ayuda a los necesitados, sino como un medio
de despertar la generosidad de los muchachos.
2. Los socios
ejercitan ordinariamente el apostolado desde los cargos oficiales de la administración pública, cargos que
han de servir siempre con lealtad
ejemplar.
Lealtad: Es curioso que la lealtad la presente como un plus, un
añadido, y no como algo que se ha de dar por supuesto. Además, ¿lealtad a
quién: al Estado o a los Directores de la Obra?
Cargos oficiales de la administración pública: Esta indicación
explica la estrategia evangelizadora que planteó el fundador desde el
principio, en consonancia con la mentalidad de una época en que la Iglesia
acababa de perder poder temporal y muchos suspiraban por su recuperación:
alcanzar los puestos altos de la sociedad para evangelizar desde las
estructuras sociales. Un modo de integrismo
católico, como atinadamente diagnosticó en 1963 el gran teólogo y
luego cardenal Hans Urs von Balthasar. Esta estrategia nunca ha variado, aunque
inicialmente se plasmara en múltiples iniciativas políticas (copar cátedras,
promover entidades financieras, fundar periódicos, revistas y editoriales,
etc.) y -a partir del quirógrafo de Pablo VI en que les prohibía una
participación organizada en política- en la fundación de universidades y
colegios de enseñanza media dirigidos a las clases pudientes.
En
efecto, el 1.X.1964 Pablo VI entregó un Quirógrafo
al fundador en una audiencia que le concedió. De este documento Escrivá sólo
informó a los miembros de la Obra acerca del último párrafo, que era el único
de carácter laudatorio y que decía así: «En sus palabras hemos advertido la
vibración del espíritu encendido y generoso de toda la Institución, nacida en
este tiempo nuestro como expresión de la perenne juventud de la Iglesia (…).
Consideramos con paterna satisfacción cuanto el Opus Dei ha realizado y realiza
por el Reino de Dios; el deseo de hacer el bien, que lo guía; el amor encendido
a la Iglesia y a su Cabeza visible, que lo distingue; el celo ardiente por las
almas, que lo empuja hacia los arduos y difíciles caminos del apostolado de
presencia y de testimonio en todos los sectores de la vida contemporánea» (cit. en Ana SASTRE, Tiempo
de caminar, p. 484).
Pero Escrivá ocultó a
sus hijos toda la primera parte del escrito, que era el objeto del Quirógrafo, en que recriminaba al Opus Dei: 1°) su falta de debida vinculación y
obediencia a los respectivos obispos donde estaban radicadas las casas o
fundaciones de la Obra; 2°) en cuanto a
la pobreza, que habían de guardarla con el mayor celo y
que evitasen toda ostentación y exceso que pudiera escandalizar a los fieles y
en general a toda la gente; y 3°) que se
abstuvieran de promover institucionalmente la ocupación de cargos políticos o
de influencia, descartando toda ambición política y de poder, control o
propaganda u ostentación. De nada de esto fuimos informados los miembros de la
Obra, a quienes sólo se nos transmitió el susodicho párrafo laudatorio final.
Alberto Moncada, en Historia
oral del Opus Dei, en el capítulo
dedicado al Opus Dei y los negocios, narra detalladamente por qué aquellos
montajes no funcionaban. Con lo que hubo que acudir a promover iniciativas que
ya hacían otras instituciones, como los colegios de segunda enseñanza. Esto,
unido a la recriminación de Pablo VI, ocasionó que, a partir de entonces, la
Obra pasara a centrarse en las labores de enseñanza, de las que ya había
promovido algunas, como principal medio de penetración social: Fomento de
Centros de Enseñanza comienza en 1963.
Eso sí, siempre ateniéndose al criterio de la humildad colectiva
(entiéndase secreto), citado en el artículo 12 del capítulo I, para que no
fuera la Obra quien apareciera como responsable de esas iniciativas, y dando
lugar a tantas entidades que son pero no son, esto es, que de hecho dirigen los Directores del Opus pero que ellos
aseguran que no son del Opus: toda una red secreta de poder que acertadamente
fue denominada en España como masonería blanca.
3. La vida interior y la formación intelectual, son
los medios que emplean los socios del Opus Dei para conseguir sus fines; más una
discreción, que nunca es misterio ni secreteo, sino lo natural de una obra que
por ser sobrenatural debe ser modesta.
Esta apelación al secreto manifiesta un
reconocimiento de una mala conciencia con respecto a los medios que acaba de
proponer, como admitiendo que, si alguien conociera estos textos, pensaría mal
de la Obra.
Además, el intento
de disimular el secretismo so pretexto de modestia, no puede ser más
inaceptable: pues “la humildad, decía santa Teresa de Jesús, es andar
en verdad”. Y está claro que tanta doblez no puede ser propia de
una obra de Dios, y que por tanto desdice del supuesto carácter sobrenatural de
la Obra de Escrivá.
CLASES DE SOCIOS
Art. 2.
1. Hay tres clases de socios en el Opus Dei: 1/ inscritos 2/
supernumerarios; y 3/ numerarios.
Como ya se ha dicho al
comentar el Reglamento, esta terminología fue variando con el tiempo. Por
ejemplo, en los Lineamenta
generalia que se presentaron para la
aprobación de la Obra como Sociedad de vida común sin votos en 1943, los
inscritos pasan a llamarse supernumerarios, los supernumerarios se denominan
como numerarios, y los numerarios como electos (cfr. n. 9, cit. en El
Itinerario jurídico…, p. 580).
En las Constituciones de la Obra como Instituto secular de 1950, los inscritos aparecen como
supernumerarios, los supernumerarios como numerarios, y los numerarios como
inscritos. Y aparece la figura de los oblatos, que más tarde se llamarían
agregados, cuya inexistencia hasta entonces muestra que la idea original de
Escrivá para los varones no contemplaba las profesiones no intelectuales. Pues
no puede decirse que Escrivá se estaba ciñendo a la realidad de la Obra en esos
momentos, porque los autores del El Itinerario jurídico…, examinando el conjunto del documento,
afirman que los
reglamentos del 41 no se limitan al momento presente de expansión de la
Obra, sino que «van mucho más allá: están concebidos pensando no sólo en lo ya
existente, sino en lo que vendrá» (p. 93).
2. En la
primera clase, pueden ser admitidos varones y mujeres, casados y célibes. A la
segunda clase, pueden pertenecer varones y mujeres, mientras permanezcan
célibes. Para la tercera clase, solamente pueden ser elegidos los varones que
estén ya en la segunda clase.
Adviértase
que a la primera clase pueden ser "admitidos", a la segunda pueden "pertenecer", y a la tercera pueden ser "elegidos".
Art. 3.
Las socias supernumerarias pueden dedicarse en
general a los apostolados propios del espíritu del Opus Dei, y entonces se
llaman simplemente supernumerarias; o se dedican exclusivamente al servicio
doméstico, en las actividades que lleven los socios del Opus Dei, y son y se las llama
sirvientas.
El hecho de que en esos momentos, en que toda su
atención estaba centrada en los altos puestos de la sociedad, estableciera que
hubiera una clase de asociadas que fueran y se llamaran sirvientas, muestra que
con ello no buscaba promover la dignificación humana y cristiana de las
empleadas de hogar, sino de contar con un colectivo de sirvientas de confianza
y barato (no se las ha dado de alta en la seguridad Social, en el Régimen
Especial del Servicio Doméstico, hasta tiempos muy recientes en que, por
denuncias, empezaron a producirse inspecciones por parte de la Administración
del Estado), que garantizara el confort de los que viven en los centros de la
Obra.
Art. 4.
Los socios supernumerarios, ellos y ellas, pueden consagrarse al servicio de la Obra por
un tiempo determinado, y entonces se dice que hicieron su oblación, o
perpetuamente, y en este caso se dice que hicieron su fidelidad.
Llama la atención que aquí no se mencionen para nada
los votos que Escrivá obligó a hacer a los miembros desde marzo de 1934, y que
no desaparecerían hasta el 19 de marzo de 1983 en que la Obra fue erigida en
Prelatura personal (cfr. El itinerario
jurídico…, p. 69). Escrivá aseguraba que
no le interesaban los votos, pero que había tenido que tolerarlos porque se los
impusieron. Pero eso no es cierto: en marzo de 1934 no había ningún marco
jurídico y él los estableció "por un motivo psicológico", es decir, «para facilitar que
quienes llegaban al Opus Dei adquirieran conciencia del compromiso asumido» (ibidem); el estatuto de Pía Unión de 1941 tampoco requería los votos; ni el
de Sociedad de vida común sin votos, que tuvo desde 1943; ni siquiera el de
Instituto secular, a partir de 1947. Pero Escrivá los mantuvo y en el Congreso
General sobre el Estado de Perfección, Roma 1950, Álvaro Portillo hasta se
ufanaba de ser un Instituto secular más exigente que otros, en el sentido de
que, pudiendo haber adaptado «el modo de vida de los numerarios, como lo
permitía la Constitución Provida
Mater Ecclesia, a unos parámetros seculares (sin votos, sin vida en común, etc.), no quisieron hacerlo, sino
que optaron por el modelo más riguroso y más parecido al de los religiosos,
salvo en la vestimenta» (Acerca
de la fundación del Opus Dei).
Destaco la palabra consagrarse, para hacer notar
que la terminología de Escrivá no se aleja para nada de la empleada en los
ámbitos de los institutos religiosos. Como puede comprobarse, esta expresión se
repite recurrentemente en los anexos. Lo cual muestra que Escrivá carecía de
una luz fundacional que le ayudara a discernir lo que era o no acorde con la
secularidad que tanto preconizaba años después.
Tan chocante es
esta carencia, agravada por otras expresiones que iré comentando, que los
autores de El Itinerario jurídico… ponen todo su interés en subrayar el
carácter secular de estos reglamentos, justificando las afirmaciones
discordantes, que evitan mencionar expresamente, como concesiones que Escrivá
tuvo hacer para que pudiera entenderse la seriedad del compromiso de los
miembros de la novedosa institución que él estaba promoviendo (cfr. pp. 86-90).
No parece que fuera así, porque de serlo, no habría sido tan reiterativo en las
concesiones y, desde luego, no habría
empeorado aún más el problema dos años después al redactar los Lineamenta
generalia de la Obra para su aprobación
como Sociedad de vida común sin votos, al afirmar que el fin general de la Obra
era “la santificación de sus miembros por el ejercicio de los consejos
evangélicos y la observancia de las propias constituciones” (a. 2, cit. en El itinerario…, p. 579); o que “para la dimisión de
los miembros después de su incorporación, se aplican congrua congruis referendo
los cánones relativos a la dimisión de
los religiosos” (a. 18, cit en ibidem, p. 581. La traducción del latín es mía); o
que “todas las semanas se celebra el Círculo breve, que en cierto modo
puede asimilarse al capítulo de culpas que tienen algunos religiosos” (n. 24, cit. en ibidem, p. 582. La traducción del latín es mía).
Tampoco cabe
justificar estas incoherencias diciendo que Escrivá tuvo que actuar con rapidez
para responder a la petición del obispo de que le presentara los reglamentos, o
que al hacerlo tuvo que acomodarse a la legislación vigente. No fue así, pues
un año antes el obispo ya le había pedido que se los entregara; y es evidente
que los anexos no estuvieron condicionados por el estatuto de Pía Unión (cfr.
ibidem, pp. 82-88).
Por otra parte, resulta llamativo que diga que esa
consagración no es a Dios en la Obra sino a la Obra.
ADMISIÓN Y SALIDA DE LOS
SOCIOS
Art. 5.
1. Nadie será
recibido en el Opus Dei sin haber antes colaborado,
por algún tiempo, en alguno de los
apostolados que los
[nº
6]
socios desarrollan.
2. No podrán ser recibidos, en la Obra quienes no tengan
en su ascendencia inmediata tres generaciones de católicos, siquiera por una de
las ramas paterna o materna.
Este requisito se mantiene todavía en los Lineamenta generalia que presenta al obispo de la diócesis de Madrid-Alcalá en 1943 para la
aprobación de la Obra como Sociedad de vida común sin votos (cfr. n. 14, cit.
en El itinerario…, p. 581). ¡Vaya con la mentalidad elitista del fundador!
¿Dónde está la iluminación que le habría llevado a alejarse de antiguas
tradiciones eclesiásticas relativas a la selección de los candidatos al
sacerdocio? ¿Dónde queda la tan preconizada luego llamada universal a la
santidad?
En esta exigencia
de “pureza de sangre” se adivina una especie de orgullo, frecuente en el trastorno
narcisista, de poder presumir de sus seguidores, seleccionados con la mayor
exquisitez; y recuerda, en parte, la redacción del punto 115 de camino, que
desde la edición de 1939 hasta la del año 1955 decía: “Minutos de silencio. -Quédese esto para ateos,
masones y protestantes, que tienen el corazón seco. Los católicos, hijos de
Dios, hablamos con el Padre nuestro que está en los cielos”. A partir de 1955 se modificó la redacción
de este punto 115. Y es que desde el año 1939 hasta el 1941 hay poco tiempo de
distancia.
3. Tampoco podrán ser admitidos quienes hayan
recibido el bautismo siendo adultos.
Este requisito también se mantiene aún en los Lineamenta generalia que Escrivá presentó al obispo de la diócesis de Madrid-Alcalá en 1943
para la aprobación de la Obra como Sociedad de vida común sin votos (cfr. ibidem). Comporta una cierta equiparación entre pertenecer al
Opus Dei y pertenecer al estado clerical, ya que ser neófito es impedimento
para ser sacerdote conforme al c. 1042. Los del Opus Dei no son cristianos
corrientes, parece ser la moraleja. Lo cual está en consonancia con el hecho de
que, en las Constituciones de 1950 se dice que “los socios laicos
disfrutan como individuos de los derechos y privilegios de los clérigos y no
están subordinados a los cargos clericales”
(n. 2).
Estas dos
afirmaciones de los apartados 2 y 3 de este artículo 5, en que da a entender
que no pueden ser católicos pata negra quienes no cuenten con una tradición
familiar y una vivencia cristiana desde la infancia, también se contradecirá
luego con su predicación posterior, en que afirmaría que parte del apostolado
de los miembros de la Obra habría de dirigirse a que muchos que fueron
bautizados siendo niños, de mayores redescubrieran su vocación cristiana,
porque de pequeños no se habían enterado. ¿Qué es lo que realmente Escrivá vio
el 2 de octubre de 1928? No parece extraño que destruyera selectivamente sus
apuntes íntimos fundacionales: las catalinas anteriores al 1 de marzo de 1930.
Art. 6.
1. Procuren los Superiores
de la Obra no expulsar a ninguno de los socios.
2. Facilítese la salida a
quienes pierdan el espíritu.
Esto es lo que se ha hecho siempre: o
se les pone un puente de plata para que sean ellos los que se vayan (apartado
2), o se les despide (apartado 3).
Y, ¿qué es para el fundador perder el
espíritu? Es perder la sumisión intelectual, la dependencia psicológica, ser
críticos, etc. Así lo había explicado dos años antes en Camino: «Obedecer en tu
apostolado..., el único camino: porque en una obra de Dios, el espíritu ha de
ser obedecer o marcharse” (n. 941). A éstos se les despide (punto 3),
contradiciendo el punto 1.
Copio un párrafo de coplasuelta:
«Es curioso que para formar parte de ese grupo, copia a las formas de
organización de partidos de masas, lo primero y único indispensable es que se
pierda la dignidad, que se traduzca el negarse a sí mismo por la
infantilización que producen las reducciones ideológicas. El grupo lo es todo,
lo consigue todo, la victoria final es inevitable, tiene la llave de la
interpretación de toda ciencia, conocimiento y acción. Uno pierde su valor como
persona por pertenecer al todo, al que llevará a la Humanidad a la felicidad
absoluta. Como el hombre, para la desgracia de estos totalitarios, vive en la
soberbia y rebeldía sólo queda obligar y someter a todos por la fuerza. Esa
fuerza puede ser con violencia moral, física o con la opresión de las mayorías.
Y de esto tenemos ejemplos en la colaboración cruel y torticera de prelaturos y
de otros grupos de "verdaderos creyentes"».
3. Si perdido el espíritu,
no quisieran voluntariamente salir de la Obra, se procederá a despedirles con
mucha caridad.
Indudablemente, la caridad no ha caracterizado el modo en que los Directores de la Obra tratan a los que la dejan: en lo humano, los tratan como proscritos; y en lo económico, dejan en el más absoluto abandono a tantos que trabajaron profesionalmente en tareas internas.
DE LOS SACERDOTES
Art. 7.
1. Los socios
del Opus
Dei, que
reciban la ordenación sacerdotal, se dedicarán especialmente a la formación
espiritual de los demás miembros de la Obra.
Parece
que Escrivá, que desde el mes y medio de ordenación sacerdotal vivió al margen
de los cauces propios de los sacerdotes diocesanos, está proyectando su enfoque
sacerdotal en los futuros sacerdotes de la Obra.
2. Se
atendrán, para su vida interior y trabajo apostólico al Reglamento,
Régimen,
Orden, Costumbres,
Espíritu
y Ceremonial
del Opus Dei y a normas especiales.
¿De qué normas especiales está hablando? Esta frase
delata lo que siempre sería el modo de funcionar de Escrivá: una cosa era lo
oficial y otra, las normas
especiales que no habían sido sometidas a
la autoridad eclesiástica: como las contenidas en los actuales reglamentos secretos de la Obra,
que al haber sido denunciados ante la Santa Sede, los directores de la Obra
están procurando hacer desaparecer, llegando a demandar judicialmente a Opuslibros por haber publicado unos reglamentos de una
institución pública de la Iglesia.
CARACTERÍSTICAS
Art. 8.
1. El Opus Dei no tiene actividades
exteriores de ningún género; exclusivamente se preocupa de la formación de sus
miembros.
Aquí ya
se ve la hoja de ruta a la que siempre se atuvo el fundador: no reconocer como
propias ni las actividades externas que promueve el Opus Dei ni la titularidad
de los inmuebles que éste usa para esos fines. Y constituye una notable muestra
de su intención de realizar una organización secreta y peligrosamente ligada a
poderes humanos, como procedimiento para penetrar en los estratos altos de la
sociedad y evangelizar desde allí: propósito que podía ser buscado con una
intención recta pero que, desde luego, no es nada evangélica.
2. Todos los trabajos apostólicos de los socios
del Opus Dei (la Obra no actúa: como si no existiera) se ejercitarán inmediatamente a través de las actividades
oficiales públicas, o mediante
asociaciones legales que
oportunamente constituirán los
socios, adaptándose siempre a las circunstancias de los tiempos y lugares, sin
uniformidad.
O sea,
que se trata de introducirse en las instancias públicas para, manteniéndose la
Obra en la sombra, convertirse en un grupo de presión. Lo cual suena a
estrategia, más que a Evangelio o a Iglesia.
Éste sería siempre su procedimiento: con
los cambios de configuración jurídica habrán cambiado algunos aspectos
concretos de los reglamentos de la Obra; pero este modo de proceder siempre se
mantendría.
Por eso, leyendo esto y pensando en la Intención mensual
general (Rogad a Dios nuestro Señor,
para que la opinión pública reconozca el carácter exclusivamente sobrenatural
de la Obra y que es completamente falso e infundado que ésta tenga ninguna
vinculación con las actividades políticas, profesionales de sus miembros…) que nos obligaron a repetir desde 1964 (en
que Pablo VI, según se ha explicado ya en el artículo 1 § 2, requirió en un Quirógrafo al fundador a cesar en su intervención
organizada en política), servidor no consigue evitar la indignación cuando
piensa en las veces que, siguiendo de buena fe aquella consigna, estuvo asegurando
a sus conocidos que estaban equivocados, porque la Obra no tenía nada que ver
con la política.
Y desde luego, no consigo hacerme una idea
de lo que pasaría por la mente de los que pitaron antes de 1964, y que habían
estado hasta ese momento en múltiples movidas de signo político.
Art. 9.
1. Los socios
supernumerarios y los numerarios, sin merma de los dulcísimos deberes del
cuarto Mandamiento, se obligan a
[nº
7]
permanecer con respecto a su familia de sangre, como si fueran religiosos, y vivirán de ordinario
separados de su
familia, para que puedan dedicarse con más intensidad al apostolado.
Como si fueran religiosos: Más claro no lo
pudo decir: l@s que actualmente se llaman Numerari@s se les imponía un régimen propio
de los religiosos. Y ésta ha sido una de las principales causas del elevado
índice de enfermedades psíquicas entre l@s Numerari@s de la Obra: personas que
entraron convencidos de que venían a santificarse en medio del mundo, iguales a
los demás, pero que luego veían recortadas sus relaciones con su familia, con
sus amigos, su profesión, etc. Y es que la secularidad de la vida en la Obra
nunca perteneció al contenido del régimen de vida de sus miembros célibes, sino
sólo a las formas que deben guardarse como estrategia que posibilite el
objetivo de influir en la vida pública.
Separados de su familia: hay que advertir lo que no se dice. Se dice que
"vivirán de ordinario separados de su familia", pero no dice que
"vivirán de ordinario en centros de la Obra.
El fundador se
llevó a Roma a Tía Carmen y Tío Santiago -sus hermanos-, a los que nada se les
había perdido allí. Otros también tuvimos que estar en Roma; pero no nos
llevamos allí a nuestras familias. Y, desde luego, los acontecimientos de
nuestros familiares no aparecieron reseñados y relatados detalladamente en Crónica o Noticias, como los de Carmen Escrivá.
2. E1 Opus
Dei cuidará de que sean atendidos económicamente, con generosidad, los padres
de los socios supernumerarios y numerarios, siempre que lo necesiten; sin que esto suponga para la
Obra una obligación jurídica.
Leyendo esto con ojos de 1941, el lector se
preguntaría por qué la coletilla de la no obligación jurídica, que puede
interpretarse como que serán atendidos con generosidad si es posible, si el
socio ha prestado suficientes servicios o aportado suficiente dinero, si los
directores no tienen otros planes que podrían quedar dificultados por esa
carga, si... En todo caso, llama la atención que no quiera reconocer como de
justicia que, si a los miembros que entregan todos sus ingresos les surge el
deber de ayudar a sus padres, la Obra ha de ayudarlos.
Art. 10
Los socios del Opus Dei manifestarán con su
conducta, en todo momento, su afecto, obediencia y reverencia al Rvmo. Ordinario
de la Diócesis en que tengan la residencia personal.
¿Cómo van a manifestarlo si se les aísla de toda
relación con la pastoral diocesana?
PATRONOS
Art. 11.
1. Son Patronos del Opus Dei los Arcángeles
San Miguel, San Gabriel y San Rafael; los Apóstoles San Pedro, San Pablo y San
Juan.
2. Al patrocinio de San Rafael y San Juan está
encomendado todo el trabajo de los socios del Opus Dei con la juventud.
3. Al patrocinio de San Gabriel y San Pablo, las actividades
que tienden a conservar como colaboradores, en las empresas apostólicas, a
quienes habiendo recibido su formación de los socios del Opus Dei no se sienten
llamados a consagrar
su vida a la Obra.
Destaco el término para subrayar nuevamente el planteamiento
tan poco secular que Escrivá tuvo en los primeros años de su fundación:
consagrarse, vivir como religiosos, etc. Examinando estos textos se llega a la
conclusión de que, como venimos diciendo, para Escrivá la secularidad era una
estrategia para poder ocupar cargos públicos sin llamar la atención. Pero la
sustancia de la entrega que él concibe para sus hijos coincide con la de los
consagrados. Y esto pone en cuestión sus afirmaciones sobre el supuesto carisma
que recibió el 2 de octubre de 1928. ¿Qué es lo que en realidad vio, cuando
luego dio tantos bandazos teológicos y jurídicos? Si hubiera visto algo, habría
mantenido una línea coherente, y no esas variaciones teológicas y esos bandazos
jurídicos en función de los oportunismos que le movían cada vez. No me extraña
que destruyera los apuntes íntimos de la época de la fundación y que nunca
diera explicaciones sobre el contenido de la supuesta inspiración de aquel 2 de
octubre de 1928.
4. Al patrocinio de San Miguel y San Pedro están
especialmente encomendados los socios mismos del Opus Dei.
Art. 12.
1. Entre los socios varones la obra
de San Rafael se dirige a los jóvenes estudiantes universitarios o alumnos de Escuelas
Superiores. Es el más poderoso
medio de trabajo y, por decirlo así, el semillero de la Obra.
Varones: Ya se ve que no
había superado la actitud que le llevó a escribir en 1930 que nunca, ni de broma, habría mujeres en el Opus y, en el n. 946 de Camino: «Si queréis entregaros a Dios en el mundo,
antes que sabios —ellas no hace falta que sean sabias: basta que sean
discretas— habéis de ser espirituales…».
Universitarios: No se
limita a decir estudiantes, sino universitarios: se entiende que para conseguir
que pudieran ocupar "ordinariamente
cargos oficiales de la administración pública". ¿Dónde está la llamada universal a la santidad? Los que le
interesan son los que luego puedan alcanzar un nivel social elevado.
Por lo demás, ¡qué
diferencia entre aquellos tiempos, en que los miembros eran capaces de hacer
apostolado en la universidad, y lo que sucedería desde los años 70, en que se
abandonó la Universidad para dedicarse a los niños y muchachos de los colegios.
Semillero: Esto muestra que,
desde los inicios, concibió la labor con la juventud no como un servicio
desinteresado a los jóvenes, sino como un medio para reclutar gente joven.
Poderoso
medio de trabajo: Suena a inquietantes y oscuros objetivos.
2. La Obra de San Gabriel, al servirse de
colaboradores, a quienes da criterio católico profesional, etc., actúa en las distintas capas sociales ramificándose en ellas.
Una vez más, Escrivá revela su interés, más que por
formar cristianos en todas los ambientes sociales, por ir penetrando en los
distintos ambientes profesionales: como de hecho hizo y puede verse en el Anexo
sobre “Socios militantes y simpatizantes del Opus Dei”, que aparece en el libro de Jesús Infante,
La prodigiosa aventura del Opus Dei. Génesis y desarrollo de la Santa Mafia. Ed. Ruedo Ibérico, París 1970, pp.
I-LXXII.
Este libro contiene
una información muy valiosa, aunque a veces presente interpretaciones poco
rigurosas de esos datos que aporta, debido a que ha sido escrito por un autor
que no ha estado dentro de la institución. Pero sus fuentes documentales son
muy interesantes, porque, según Carandell, proceden del fichero que Ynfante
sustrajo a José Vidal Beneyto, quien fue secretario personal de Escrivá en los
años 40 (cfr. Luis Carandell, Vida
y milagros de monseñor Escrivá de Balaguer, fundador del Opus Dei. Ed. Laia, Barcelona 1975, pp. 32-33).
[nº 8]
3. La Obra de San Miguel forma a los socios
numerarios y supernumerarios, y busca solución a problemas concretos docentes, profesionales, sociales,
etc., para bien de las almas.
Es llamativo que más tarde afirmara que la Obra no
se entrometía en ese tipo de asuntos. Además, no se sabe qué se encierra en
este párrafo, de qué problemas concretos se habla: ¿de ética profesional?, ¿de
ética social en los negocios?, ¿de técnicas pedagógicas o administración de
centros docentes? Que yo sepa, nunca en la Obra en su vida posterior ha
dedicado la obra de San Miguel un esfuerzo apreciable para resolver ese tipo de
problemas.
Art. 13.
1. Entre las
mujeres, la Obra de San Rafael trabaja con el fin inmediato de formar buenas madres de familia
cristianas Y desarrolla su labor en el campo, mediante
granjas, etc.; y en la ciudad, con hogares, residencias, etc.
Con las mujeres no le interesaba fomentar que
trabajasen profesionalmente, sino que más bien se mantuvieran en casa. En 1941,
Escrivá ya tenía larga experiencia de dificultades económicas para sostener a
su familia, provocadas en buena parte por la resistencia familiar a que Carmen,
su hermana, trabajara fuera de casa como maestra: al menos no se nos dijo que
lo hubiera intentado siquiera, cuando, en cambio, era muy frecuente entonces que
las mujeres trabajaran profesionalmente antes de casarse, y en muchas tareas:
enseñanza, secretariado, bibliotecas, atención al público en comercios,
sanidad, etc. ¿Con esa mentalidad pretendía hacer pasar por inspirada por Dios
para durar por siempre, a la institución que quería fundar? Se ve que Escrivá
tenía una mentalidad muy poco propia de quien hubiera recibido en 1930 una
visión sobre el papel de la mujer en la sociedad y en la Iglesia.
2. La Obra
de San Gabriel se sirve de Colaboradoras, que pasaron por la obra de San
Rafael, y se dedica especialmente al apostolado de propaganda escrita y oral, con editoriales,
bibliotecas, etc.; y ejercitando de modo particular el apostolado eficaz y
silencioso en conversaciones privadas y sin aparato, forma pequeños grupos de
las distintas clases sociales, y les da criterio católico.
Ya se ve que concibe los apostolados de las mujeres
de la Obra más como algo organizativo que como un apostolado personal de
mujeres que fueran capaces de detentar por sí mismas cargos de prestigio y sin
el arropamiento de un colectivo. Lo que él presenta como más específico de la
Obra lo concibe como algo más propio de hombres.
3. La Obra
de San Miguel, se preocupa de la formación de las socias supernumerarias y de la administración
local de las distintas actividades que se desarrollan por los socios del Opus Dei.
Obsérvese que en la
primera línea habla de "socias" y en la última, de
"socios". A quien leyera esto en 1941, sin conocer lo que luego ha
sucedido, se le suscitarían varias dudas: si las que luego se llamarían
numerarias habían de ocuparse de la administración local de las actividades que
desarrollasen los socios (por tanto, "socias" y "socios")
de la Obra, ¿éstas habrían de ser las secretarias y gerentes de las revistas,
bancos, empresas, periódicos, etc., que formarán el conjunto de las obras
descritas en Art. 8, 2?; o, más bien, ¿las gestoras del servicio doméstico de
esas actividades, como se indica en el Art. 3?; o, ¿de las viviendas de los
numerarios, que, una vez más, parece se quieren ocultar?
INDICE
Nota
Introductoria a los Comentarios
Comentarios
a los Reglamentos del Opus Dei como Pía Unión (1)