Lista de los mayores cambios entre la séptima y
la octava
versión del Catecismo del Opus Dei
Catecismo 2003 |
Catecismo 2010 |
No 7: En el Código de
Derecho Canónico se habla de “cooperación orgánica”, para significar que la
cooperación de los laicos incorporados en la misión de una prelatura no es de
carácter externo o auxiliar, sino que la realizan en cuanto
miembros del cuerpo u organismo de la prelatura. |
No 7: La expresión
“cooperación orgánica” significa que, en la misión de una prelatura, la
cooperación propia de los laicos
incorporados no es de carácter externo o auxiliar, sino que la realizan en cuanto miembros del cuerpo u organismo de la prelatura. |
No 10: incorporación de
los laicos a la Prelatura del Opus Dei se realice mediante un acto de naturaleza contractual |
No 10: incorporación de
los laicos a la Prelatura del Opus Dei se realice mediante un acto voluntario de tipo contractual |
No 11: El vínculo de
los fieles con la Prelatura no es de naturaleza contractual, sino el propio
de la pertenencia a una circunscripción eclesiástica. De naturaleza
contractual es la declaración que causa ese vínculo. |
No 11: El vínculo de
los fieles con la Prelatura no es de naturaleza contractual, aunque la
declaración que crea ese vínculo tenga una forma externa de tipo contractual. El vínculo tiene
un origen contractual en cuanto nace de una declaración mutua. En cambio, el
vínculo que surge de esa declaración no tiene naturaleza contractual, porque
ni la Prelatura ni los fieles pueden establecer o modificar a su arbitrio su
contenido. |
No 13: Algunos
sacerdote y seglares (...) participan
en los diversos niveles del gobierno. |
No 13: Algunos
sacerdotes y seglares (...) colaboran
en los diversos niveles del gobierno. |
No 15: se evita el trato entre personas de las dos Secciones. |
No 15: no se da de hecho la más mínima interferencia entre los apostolados
de las dos Secciones. |
No 27: la espiritualidad específica del Opus
Dei |
No 27: el espíritu específico del Opus Dei |
No 41: la Virgen
Santísima, madre de Dios |
No 41: la Virgen
Santísima, madre de la Obra |
No 60: Quienes, a
partir de los catorce años y medio, deseen pedir la admisión, sólo podrán
solicitarla como aspirantes mediante carta dirigida al Vicario Regional, sin
que se origine ningún deber jurídico. |
No 58 (añadido): Los menores de edad deben contar con la
autorización de sus padres. Quienes, a
partir de los catorce años y medio, deseen pedir la admisión, sólo podrán
solicitarla como aspirantes mediante carta dirigida al Vicario Regional, sin que se origine ningún deber jurídico:
no son, por tanto, fieles de la
Prelatura. |
No 58: |
No 59 (añadido): Además, no se concede la Admisión a personas provenientes de
instituciones de vida consagrada, para no torcer esas vocaciones. |
No 61: La Admisión en
la Obra lleva consigo la obligación |
No 61: La Admisión en
la Obra –que no comporta incorporación- lleva consigo la firme decisión |
No 68: Es válida la
incorporación si se hace con un conocimiento implícito, como el que quien
–siendo hábil y capaz- quiere adquirir, con un contrato, las obligaciones que
están objetivamente incluidas en ese contrato. |
No 66: No es necesario conocer ya todos los detalles del
espíritu, Normas y Costumbres; sabiendo lo esencial, es suficiente un
conocimiento implícito de lo demás, como el de quien –siendo hábil y capaz-
quiere adquirir, por ejemplo, con un
contrato, las obligaciones que están objetivamente incluidas en ese
contrato. |
No 69: se le pregunta expresamente
antes de hacer la declaración
contractual. |
No 68: se le pregunta expresamente al
interesado antes de su incorporación. |
No 70: Concede la
Oblación el Vicario Regional (...) oído
el Consejo local |
No 69: Concede la
Oblación el Vicario Regional |
No 72: Concede la
Fidelidad el Vicario Regional (...) oído
el Consejo local |
No 71: Concede la
Fidelidad el Vicario Regional |
No 76: La Fidelidad
lleva consigo las siguientes obligaciones
especiales:
(...) Para
extremar la fidelidad a la
doctrina de la Iglesia y al espíritu de la Obra |
No 75: los fieles se comprometen también a:
(...) Para
extremar la completa lealtad a la
doctrina de la Iglesia y al espíritu de la Obra |
No 83 |
No 84 (añadido): Si un fiel sale
de la Obra no tiene derecho a pedir compensación económica alguna (...) como sucede generalmente con cualquier
donación o prestación gratuita de servicios, tanto en la Iglesia como en la
sociedad civil. Pero puede haber casos en los que exista un motivo de caridad
para ofrecerle ayuda económica. |
No 104: La Obra pone
todos los medios para que [los sacerdotes agregados y supernumerarios] no
sólo conserven sino que refuercen su dependencia de sus propios Ordinarios, y
para que -según el espíritu del Opus Dei- busquen la santidad en las tareas
ministeriales que les hayan encomendado sus Obispos. El espíritu de
la Obra refuerza en ellos su condición sacerdotal secular y diocesana, porque
tiene como parte esencial la obligación de santificar y de santificarse en el
ejercicio del trabajo ordinario: en este caso, del ministerio sacerdotal. |
No 104: Todo
este parágrafo desapareció. |
No 110: ¿Qué normas
deben seguir... (...) Concretamente,
[los sacerdotes cooperadores] procuran:
|
No 108: ¿Qué normas
procuran seguir... (...) Además, [los
sacerdotes cooperadores] procuran
proporcionar al Vicario Regional, para el desarrollo de la labor apostólica, las
informaciones y sugerencias que estimen oportunas. |
No 142: Dentro del Opus
Dei se debe obedecer al Prelado, a sus Vicarios y a los demás Directores o
Directoras Centrales, Regionales y locales; y, en ausencia de ellos, a los
que hacen sus veces. Cuando se
encuentran solos dos o más miembros en ausencia de los Directores, si no hay
una especial delegación de éstos, hace cabeza el dignior -sea laico o
sacerdote-, de manera que los otros le
obedecen cordialmente -como en una buena familia cristiana- y salva siempre
la dependencia del propio Director. |
No 140: Dentro del Opus
Dei se debe obedecer al Prelado y a sus Vicarios y, en cuanto colaboran con ellos, a los demás Directores o
Directoras Centrales y Regionales. Además, los fieles del Opus Dei siguen
también las orientaciones de los Directores locales en lo que se refiere a la organización material y apostólica de los
Centros. Cuando se
encuentran solos dos o más miembros en ausencia de los Directores, si no hay
una especial delegación de éstos, hace cabeza familiarmente el dignior,
sea laico o sacerdote. |
No 149: hacer cosas que en otros cristianos
son raras, sería raro también en los fieles del Opus Dei. Esta naturalidad
nada tiene que ver con acomodarse a cualquier costumbre dominante; por el
contrario, la naturalidad lleva a que los fieles de la Prelatura se comporten
siempre como cristianos coherentes, procurando dar un claro testimonio de su
fe en todos los ambientes. |
No 147: Todo
este parágrafo desapareció. |
No 159: Cuando ha sido
hecha una consulta al Director local, no
debe hacerse la misma consulta a un Director Central o Regional, sin
advertirle que ya se ha tratado ese asunto con el Director local y sin
manifestar con toda sencillez la contestación recibida. |
No 157: Cuando ha sido
hecha una consulta al Director local, lógicamente se puede hacer la misma consulta a un Director Central o
Regional, diciendo por delicadeza que ya se ha tratado ese asunto con el Director
local. |
No 162: Los Numerarios y
Agregados se comprometen a destinar todos
los ingresos del propio trabajo profesional a cubrir sus gastos personales y
a colaborar en el sostenimiento económico de los apostolados de la Prelatura. |
No 160: Los Numerarios y
Agregados destinan todos los
ingresos del propio trabajo profesional a cubrir sus gastos personales y a
colaborar en el sostenimiento económico de los apostolados de la Prelatura. |
No 167: Cuando llega la
enfermedad o la vejez, nadie en el Opus
Dei se encuentra solo, porque la Obra acude maternalmente en ayuda de sus
hijos. |
No 165: Cuando llega la
enfermedad o la vejez, un Numerario o
Agregado no se encuentra solo, porque la Obra acude maternalmente en
ayuda de sus hijos. |
No 168: para los gastos mayores y
extraordinarios, consultan
previamente con el Director local que, según los casos, contará con el
Consejo local o con los Directores inmediatos. |
No 166: para los gastos mayores y
extraordinarios, piden consejo
previamente al Director local. |
No 174: Se les advierte que deben también hablar sinceramente con sus Directores, cuando
estén cansados o enfermos, para que se ponga remedio. |
No 172: Se les aconseja que hablen también
sinceramente con sus Directores, cuando estén cansados o enfermos, para que
se ponga remedio. |
No 182: Los clérigos
visten como indiquen las normas disciplinares, referentes a los sacerdotes
diocesanos de la región donde viven; y los seglares llevan el vestido
corriente en su medio social, sin singularidades ni rarezas, dentro siempre
de las normas de la moral cristiana. Las
mujeres que pertenecen al Opus Dei llevan el vestido corriente, para
mostrarse con el decoro social y con la modestia y dignidad de una mujer
cristiana que procura presentarse bien, sin transigir con excesos
mundanos: esto es también un modo de hacer apostolado. |
No 179: Los clérigos
visten como indiquen las normas disciplinares, referentes a los sacerdotes
diocesanos de la región donde viven; y los seglares como los demás de su
propio ambiente, sin singularidades ni rarezas, dentro siempre de las normas
de la moral cristiana. Las mujeres,
como las demás de su propia edad y condición, presentándose con la dignidad,
elegancia y modestia de una persona cristiana, sin transigir con excesos
mundanos: esto es también un modo de hacer apostolado. |
No 189: Ningún fiel
católico ha de pedir permiso al Obispo para vivir junto con otros amigos o
colegas, por motivos profesionales, económicos, etc. Por eso, los fieles del Opus
Dei tampoco lo necesitan para residir en los Centros de la Prelatura. |
No 186: Todo
este parágrafo desapareció. |
No 209: Se entiende en
la Obra por dirección espiritual
el conjunto de los cuidados y auxilios espirituales que la Obra asegura a sus fieles en el camino hacia la santidad. |
No 206: Se
atiende la dirección espiritual en
la Obra por medio de los cuidados y auxilios espirituales que aseguran a sus fieles en el camino
hacia la santidad. |
No 212: La materia de la
dirección espiritual, tomada en su sentido más amplio, comprende la conducta exterior y las disposiciones
interiores, en lo referente a la fe y a la moral, al espíritu de la Obra
y a los apostolados. |
No 209: La materia de la
dirección espiritual, tomada en su sentido más amplio, comprende lo relativo a la fe y a la moral, al
espíritu de la Obra y a los apostolados. |
No 214: La dirección
espiritual personal, en cuanto a la conducta exterior de los fieles del Opus
Dei, y sólo en lo referente al espíritu de la Obra y a los apostolados, corresponde al Consejo local. Dejando
completamente a salvo la libertad de las conciencias de los fieles de la
Obra, su buen espíritu les mueve a tener la dirección espiritual personal con
el Director o con la Directora local, y
con el sacerdote designado para atender cada Centro. Pueden siempre
dirigirse, además, a otro sacerdote de la Prelatura; y, por escrito y
directamente, al Padre. Ejercen la
dirección espiritual personal, en
cuanto a las disposiciones interiores, los Directores y los sacerdotes de
la Obra. Por tanto,
quienes no han recibido esa misión del Padre o de los Directores Regionales,
no pueden ser buenos pastores. |
No 211: Los Directores
locales atienden a los fieles en la Confidencia y los sacerdotes en la
Confesión. Dejando
completamente a salvo la libertad de los fieles de la Obra, su buen espíritu
les mueve a tener la dirección espiritual con esas personas que, por vivir el
mismo camino de servicio a Dios en el Opus Dei, son buenos pastores para cada uno. Quienes reciben
las charlas de dirección espiritual personal –los Directores locales y otros
fieles– no tienen potestad de jurisdicción, de manera que no coinciden en un mismo sujeto las funciones
de gobierno sobre las personas y de dirección espiritual. |
No 215: Por tanto,
quienes no han recibido esa misión del Padre o de los Directores Regionales, no pueden ser buenos pastores. |
No 211: Todo
este parágrafo desapareció. |
No 216: El sacerdote designado ha recibido la preparación y
misión específicas para ayudar espiritualmente a sus hermanos. |
No 212: Todo
este parágrafo desapareció. |
No 217: la Confidencia,
llena de sinceridad, que periódicamente
debe tener cada miembro con el Director local |
No 213: la Confidencia,
llena de sinceridad, que periódicamente tiene
cada fiel con el Director local |
No 218: Esta
frase apareció de repente: |
No 214: San Josemaría
recordaba que nadie está obligado a decir en la Confidencia lo que es materia
de Confesión |
No 219: Para obtener el
mayor fruto posible de la Confidencia, es menester desearla ardientemente y
examinar en la presencia de Dios los puntos que se deben tocar. Por tanto:
|
No 215: Para obtener el
mayor fruto posible de la Confidencia, es menester desearla ardientemente y
examinar en la presencia de Dios los puntos que conviene tocar. Por tanto:
|
No 221: Los fieles
pueden abrir libre y espontáneamente su alma al Director local y a la persona con la que hacen la Confidencia.
Más aún, se recomienda vivamente esta
Costumbre, en la que tanto insistió siempre nuestro Fundador, que todos han
de cuidar fidelísimamente y que denota buen espíritu: pues es interés de cada
miembro hablar con su Director, para obtener de su prudencia, fortalecida
por la gracia del cargo, consejo y dirección en sus dudas y en la lucha
ascética, y así adquirir y practicar las virtudes cristianas y progresar en
la vida interior. |
No 217: Los fieles
pueden abrir libre y espontáneamente su alma a la persona con la que hacen la
Confidencia, para obtener de su prudencia, fortalecida por la gracia de Dios,
consejo y dirección en sus dudas y en la lucha ascética, y así adquirir y
practicar las virtudes cristianas y progresar en la vida interior. |
No 222: Esta
frase apareció de repente: |
No 218: En el caso –que
no será habitual ni frecuente– de que quien recibe la charla considere
conveniente consultar a un Director, para ayudar mejor al interesado, le plantea la oportunidad de que él mismo
pida consejo o informe a ese Director o que, si prefiere, lo haga el que
recibe la charla, y se procede de acuerdo con la respuesta del interesado. |
No 226: Nadie ha de
acusarse en la emendatio, sin haber consultado previamente con quien
dirige el Círculo. No deben los
miembros hablar de los defectos que sus hermanos hayan manifestado en la emendatio
del Círculo; se prohíbe
también toda clase de comentarios
críticos sobre lo tratado en el Círculo. Y el Director local deberá corregir, como falta notable,
el incumplimiento de esta norma. |
No 222: Nadie hace la emendatio
sin haber consultado previamente con quien dirige el Círculo. Naturalmente,
no se habla de los defectos que hayan manifestado, se evitan también toda
clase de comentarios críticos sobre lo tratado; y, en su caso, el Director
local se ocupa de que se haga la
corrección fraterna. |
No 258: con permiso de los Directores |
No 254: después de haber consultado a los Directores |
No 276: Todos aprovechan
-con libertad y con celo constante por las almas- cualquier ocasión que se
les presente a lo largo de la jornada para servir a las personas que tratan.
Este apostolado es también dirigido, porque en la charla
fraterna se recibe el consejo y el aliento de los Directores, para esa
actividad en servicio de los demás. |
No 272: Todo
este parágrafo desapareció. |
No 294: La obra de San
Rafael está encaminada, en buena parte, a obtener vocaciones |
No 290: La obra de San
Rafael está encaminada a dar formación
cristiana a la gente joven y, en consecuencia, también a que muchos
descubran su vocación |
No 296: Los fieles del
Opus Dei, en cada caso, para plantear la posibilidad de la vocación a la
Obra:
|
No 282: Los fieles del
Opus Dei, en cada caso, para plantear la posibilidad de la vocación a la
Obra:
|
No 298: en asunto tan importante, como es el de la vocación, no admiten coacciones más que los débiles mentales. Y ésos no sirven para la Obra. |
No 294: Todo
este parágrafo desapareció. |
No 299: Esta
frase apareció de repente: |
No 295: Los menores de
edad, como ya se ha dicho, para pedir la admisión, han de contar con el
parecer favorable de sus padres. |
No 302-304, 307: Se quitó el martirismo (persecusiones, etc.) |
|
No 330: Esta
frase apareció de repente: |
No 322: Sólo el Prelado
y sus Vicarios tienen potestad de régimen o jurisdicción en la Prelatura. Por
tanto, la autoridad del Consejo local no entraña jurisdicción sobre las
personas. La autoridad de
los Directores locales es la oportuna para la organización material del
Centro y de las actividades apostólicas, y también para recibir charlas fraternas. |
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2003, 7ª edición
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Catecismo 2010, 8ª edición