Las mentiras de Mons.
Escrivá:
4. El caso de María del
Carmen Tapia
Doserra
Presentación
Es notable la irritación de este miembro con 40 años en la Obra ante las mentiras del
Prelado actual en la Carta del 2 de octubre del año pasado sobre
la dirección espiritual en la prelatura: bien le vendría al Prelado aplicarse
la recomendación que realizó en su intervención en el Sínodo sobre la Nueva
Evangelización, de "vivir lo que se predica y predicar lo que se
vive".
Comprendo totalmente a RobertLeeJones.
Pero los datos que ha aportado Guillaume sobre los Reglamentos del 41 y sobre la obsesión de Escrivá por ser obispo
permiten entender que la mentira y la ocultación dolosa se han instaurado como
praxis habitual de los que mandan en la Obra porque el propio Escrivá
practicó ese maquiavelismo sin ningún escrúpulo a lo largo de su vida...
Bajo el título de Las mentiras de Mons. Escrivá he
publicado ya en esta Web tres artículos sobre las afirmaciones de Escrivá
acerca del secreto, del secreto ante los obispos y de los votos. Los recientes
testimonios de damnificados por los que mandan en la Obra me llevan ahora a
comentar algunos documentos que aparecen en el libro de María del Carmen Tapia, Tras el umbral. Una vida en el
Opus Dei, Ediciones B, 2ª ed., 2004, que muestran un modo de mentir de
Escrivá con tal ensañamiento, inquina y crueldad hacia esta ex-numeraria, que
no serían creíbles en un personaje canonizado si no se tuvieran delante los
documentos que lo acreditan.
Me ha parecido conveniente hacerlo porque, si bien el libro está accesible en Internet, los
documentos en cuestión, no: unos porque pertenecen al apéndice documental del
libro, que no se ha reproducido en su versión informática, y otros porque al
estar en inglés, tampoco se han publicado en esta versión informática.
Comentaremos unos y otros, traduciendo al español los que se escribieron en
inglés. Hoy aportamos la primera entrega.
* * *
1. Mentiras sobre
sus estudios filosófico-teológicos en la Obra
Para situarnos en
relación a esta primera serie de mentiras, y a la gravedad de las consecuencias
que podían haber tenido para Mª del Carmen Tapia, veamos lo que cuenta ella en
las pp. 421 y 422 de su libro, sobre sus gestiones para conseguir un trabajo al
abandonar la Obra:
“Viviendo ya en
Estados Unidos y tratando de arreglar mi permanencia en el país, me tropecé con
un problema inesperado al tratar de rellenar uno de los tantos formularios
requeridos por Inmigración: tenía que decir cuáles habían sido mis trabajos y
direcciones durante una serie de años, en los que entraban los de mi
pertenencia al Opus Dei. Decir que había sido numeraria del Opus [...] era
tanto como decir que había estado en el limbo [...]. Lo importante era 'mi
ocupación', qué había hecho. [...] La dificultad era poder explicar a
Inmigración los trabajos realizados. Dado que ahora trabajaba con uno de los
profesores de la Universidad de California [...], el deán [jefe del
negociado] de estudiantes extranjeros me guió en este tedioso proceso y me
aconsejó que lo mejor sería decir qué estudios había
yo realizado durante mi permanencia en el Opus Dei. Y, al efecto, pedir al Opus
Dei un certificado donde ellos constaran. Como es bien sabido, Inmigración
[...] pregunta sobre domicilios y trabajos previos a la solicitud de residencia
permanente en Estados Unidos. Estos formularios son muy serios y no caben
evasivas.”
María del Carmen
aprovechó la oportunidad que le brindaba Mr. Mathew, el susodicho encargado de
estudiantes extranjeros de la Universidad de California, quien por correo aéreo
envió una solicitud dirigida a Escrivá, cuya traducción al castellano aportamos1,
en la que solicitaba lo siguiente:
“Esta carta es una
petición de una transcripción oficial de los estudios que María del Carmen
Tapia completó en el Collegium Romanum Sanctae Mariae, Regionis Venezuela, en
Caracas, Venezuela, durante el período desde 1960 hasta 1965. Si fuera posible,
nos gustaría que la lista de esos cursos contuviera el título, el valor y la
calificación de cada uno. Tengo entendido que terminó sus estudios de Filosofía
y que comenzó el primer año de Teología. Estos datos nos permitirían evaluarlos
en relación con nuestro propio curriculum”.
Cualquier centro
docente habría entendido esa carta como una simple solicitud de expediente para
convalidaciones, cosa perfectamente normal y necesaria en todo el mundo para
permitir, entre otras cosas, cambio de residencia del alumno, cambio de
carrera, referencias para encontrar empleo, etc. Pero, sorprendentemente, la
carta no recibió respuesta alguna, con lo que, transcurridos dos meses de
silencio, el deán encargó a su auxiliar administrativo, Mrs. Engle, que enviase a Escrivá otra carta2, con
copia de la anterior —ya certificada y con acuse de recibo, como hará a partir
de ahora en sus relaciones con Escrivá—, añadiendo los siguientes detalles,
probablemente para evitar evasivas por parte de Escrivá:
“Si el problema fuera
el haber remitido esta carta a V.R. por error, le ruego tenga la bondad de
indicarme cuál es la autoridad a la que debo dirigirla. No nos es posible
evaluar estudios sin disponer previamente de certificados oficiales de los
centros en que se realizaron. Si, por otra parte, los costes de copia o de
envío fueran motivo de retrasos, tenga la seguridad de que la información sobre
esos cargos será diligentemente atendida a vuelta de correo”.
1.
a) Mentiras a través del Procurador General de la Obra
Ante esto, Escrivá ya
se sintió obligado a dar una respuesta3 a través de Daniel Cummings, que era el Procurador
General de la Obra (el encargado de las relaciones exteriores del Instituto):
“Deseo acusar recibo de su
carta de 10 de mayo de 1973 dirigida a nuestro Presidente, y en su nombre y en
mi condición de Procurador General, informarle de que la Srta. Carmen Tapia no
ha seguido, en esta Institución, curso alguno de Filosofía o Teología”.
Nótese que no hay
matizaciones. En nombre de Escrivá y, en su condición de Procurador, en
representación de Obra, afirma que Carmen Tapia no ha seguido en la Institución
—por tanto, ni en Madrid, ni en Roma, ni en Venezuela, ni en Curso Anual
alguno, ni en Centro de Estudios alguno—, cursos de Filosofía o Teología. Tremenda
mentira, puesto que, como cualquier Numeraria, Mª del Carmen había seguido
el plan habitual de estudios internos. Vil cobardía, pues él no da la
cara —como fue su norma habitual de proceder—, obligando a un hijo suyo a
aparecer como firmante de tal mentira. Y, además, una crueldad inmensa,
porque, tras esa respuesta, Mr. Mathew se encontraba frente a las siguientes
posibilidades:
1ª) Mª Carmen miente
porque no ha pertenecido a la Obra de Mons. Escrivá.
2ª) Mª Carmen miente
porque, aunque haya pertenecido a ella los años que afirma, no habría realizado
esos estudios.
3ª) Escrivá miente por
boca de Cummings.
Ciertamente hay otras
posibilidades más remotas en las que no vale la pena entrar. Supongamos que la
primera alternativa hubiera sido cierta. Entonces, la Srta. Tapia habría sido
una mentirosa y una insensata, porque habría declarado a Mr. Mathew y a las
autoridades de Inmigración que ella había sido Secretaria particular de Escrivá
por unos años, que después formó parte del gobierno central de la Sección
femenina, y que finalmente fue nombrada Secretaria de la Región de la Obra en
Venezuela. Pero esos cargos, sobre todo el último, eran muy públicos, conocidos
por numerosas personas del Instituto Secular y por autoridades externas a ella.
Para que el lector se haga una idea, ha de saber que de acuerdo con las
Constituciones de 1950, que eran el Derecho Particular entonces en vigor para
la Obra, el gobierno de personas y actividades de la Sección femenina de la
Obra, en una Región como por ejemplo Venezuela, tenía como cabeza al
Consiliario, quien, según el art. 462, necesitaba la aprobación de la
Secretaria de la Región para todas las decisiones de alguna importancia. Era simplemente increíble que Tapia hubiera
mentido en este punto, tan fácil de desenmascarar.
Respecto de la segunda
posibilidad —que no hubiera cursado esos estudios—, eso habría ido en contra de
las Constituciones de 1950. En efecto, en sus artículos 438 y 446 señalaban que
las prescripciones dadas para los socios varones servían también para las
mujeres, en concreto las referentes a la formación: las numerarias habían de
tener también centros de Estudios (art. 448), donde se impartirían enseñanzas
de filosofía y teología (arts. 131 y 132): un bienio filosófico y al menos un
bienio teológico (art. 135). Era, pues, muy poco probable que una persona a la
que se habían confiado cargos de tanta importancia
careciera absolutamente de la formación que ella misma iba a tener que
organizar y exigir a sus súbditas.
En resumen, sólo quedaba
una alternativa: Escrivá y Cummings habían mentido pura y simplemente: mentira
que podía haber costado muy cara a Carmen Tapia, porque podía haber provocado
que hubiera sido rechazada en la Universidad de California e incluso expulsada
del país por el Departamento de Inmigración.
Como veremos, luego
tratarán de disimular esa patraña cuando intervino la Sagrada Congregación de
Religiosos, arrugándose ante los que mandaban. Pero nunca rectificaron
ante los demás. ¡Todo un modelo de santidad!
Continuará
_________________________
1 Traducción de la carta del
Deán de extranjeros de la Universidad de California a Escrivá
La versión original de este documento se incluye en el apéndice documental del libro "Tras el Umbral", de María del Carmen Tapia
2 Traducción
de la segunda carta del deán de extranjeros de la Universidad de California
a Escrivá, con copia para la Embajada de EE.UU. en Roma
La versión original de este documento se incluye en el apéndice documental del libro "Tras el Umbral", de María del Carmen Tapia
3 Traducción
de la respuesta del Procurador General de la Obra, en nombre de Escrivá
La versión original de este documento se incluye en el apéndice documental del libro "Tras el Umbral", de María del Carmen Tapia