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CORRESPONDENCIA

 

Miércoles, 20 de Marzo de 2024



Más cierres.- Agustina

Más cierres: Se fusionan las regiones de Estados Unidos y Canadá

De la página web del Opus Dei en Canadá:

El Prelado emitió un decreto el 19 de marzo de 2024, reorganizando las circunscripciones de Estados Unidos y Canadá fusionándolas en una nueva región y cerrando la Delegación de Estados Unidos Central y la Delegación de California. Los territorios que originalmente comprendían las dos delegaciones, así como todas las operaciones anteriormente gestionadas por ellas, ahora están integrados y centralizados bajo la sede regional.

El Vicario Regional de Estados Unidos y Canadá es el P. Javier del Castillo. Dirigirá la actividad de la Prelatura en ambos países con la ayuda de dos consejos rectores, la Asesoría Regional para las mujeres y la Comisión Regional para los hombres.

 

La sede principal de la Región de Estados Unidos y Canadá se encuentra en Nueva York. La Asesoría Regional tiene una segunda oficina en Montreal, donde hasta ahora estaba ubicada la sede de la Asesoría de Canadá.

 

La nueva región de Estados Unidos y Canadá comprende los cincuenta estados y el Distrito de Columbia de Estados Unidos, así como las trece provincias y territorios de Canadá.





Mentir diciendo la verdad. ¿Niños o adultos?.- Eilad

Recuerdo que cuando cambió la estructura del opus de instituto secular a prelatura, Álvaro del Portillo nos dijo que en nuestra vida no iba a cambiar nada excepto que, en lugar de llamarnos "socios", íbamos a ser "fieles", y que desaparecía la obligación de los votos. Era verdad porque realmente se siguió viviendo como si estuviésemos en un instituto secular con la normativa anterior. Y era mentira porque el contexto en el que se nos daba esa información, era que comprendiésemos las consecuencias que la nueva estructura jurídica, que acababa de ser aprobada, "debería tener" en la vida de la obra y de sus miembros.

La restricción mental –ese recurso que utiliza afirmaciones ambivalentes para confundir al otro sin mentir formalmente– está justificada cuando alguien no tiene derecho a conocer la verdad sobre algo. Pero si el que recibe el mensaje tiene derecho a conocer, entonces la restricción mental es equivalente a una mentira. Si suponemos, y creo que es correcto suponerlo, que Álvaro del Portillo no quiso mentirnos, la consecuencia es que era de la opinión de que no teníamos derecho a conocer la verdad sobre cómo nos debería afectar la nueva normativa que acababa de aprobarse. Es decir, se nos trataba como a niños, que con obedecer a sus padres ya tienen bastante: no tienen que saber todo lo que pasa en la familia, solo lo que a los padres les parezca oportuno.

En el fondo, me parece, esto es una aplicación de la siguiente frase del fundador: "No es la Obra un conjunto de tareas de apostolado para gente menuda: es trabajo esforzado de cristianos adultos, que procuran comportarse como niños delante de Dios". Es decir, que la voluntad de Dios venga por los directores implica que los directores toman el lugar de Dios y, además de delante de Dios, también delante de sus representantes (los directores) tenemos que ser como niños. Y esto justifica las restricciones mentales, porque consideran que delante de los directores, al ser nosotros niños, no tenemos necesidad de conocer algunas cosas que nos afectan directamente. El caso de las numerarias auxiliares es todavía más sangrante, porque incluso las llamaban las "hijas pequeñas", y a las que probablemente no les llegaba nada de lo mucho que tenían derecho a conocer. De aquí, quizá viene toda esa cascada de permisos distintos en el acceso a documentos internos, algunos de los cuales eran para todos (crónica, noticias, etc.), otros para el consejo local, otros estaban en las delegaciones, otros en las comisiones, y otros solo en el consejo.

Un problema de este planteamiento es que, como es lógico, la validez de un contrato depende de conocer y comprender qué se está contratando. Si hay reservas mentales en aspectos importantes que afectan al núcleo de lo contratado por una de las partes contratantes, probablemente el contrato no será válido (no sé de derecho, pero me parece que es puro sentido común). En el opus, según parece, se entra a través de un contrato (que por parte de la obra no tiene ninguna contrapartida escrita).

Lo que estoy planteando es que el contrato mediante el que se ingresa en la obra es en general inválido debido a que no se da información suficiente (si alguno de la obra considera que sí se le dio, pues me alegro por él), pero a nadie se le dieron a conocer los estatutos antes de la decisión de contratar, y por tanto era solo cuestión de confiar en lo que nos decían. Pero más tarde se iba comprobando poco a poco que era un modo distinto de vivir a lo que parecía que habíamos contratado, y nos hablaban de "un plano inclinado". Es decir, siguiendo su doctrina (ellos son los representantes de Dios) se nos trató como a niños. Pero para contratar validamente en cosas serias hace falta que te traten como un adulto. Y por tanto lo que estoy diciendo no es, como está claro en el CIC, que los laicos no pertenecen a la prelatura, sino que los contratos de cooperación orgánica son inválidos, excepto en aquellos casos en los que un laico afirme que la información parcial que le dieron es suficiente para él. Para mí no lo fue.

Eilad





Control & influencia (Emprise).- José

Hola a todos,

Esta es mi primera contribución. Fui numerario durante años en Bélgica. Eso fue hace mucho tiempo. Leer este sitio me hace mucho bien porque me permite compartir el trauma del control. Este trauma empresarial es el resultado de las acciones del fundador. Esta persona narcisista ha establecido un mecanismo de control explotando el mensaje de Jesús y de nuestra Santa Iglesia...



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