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CORRESPONDENCIA
Viernes, 11 de Agosto de 2023
El Opus Dei equiparado a las asociaciones públicas de clérigos.- Gervasio
El Opus Dei equiparado a las asociaciones públicas de clérigos
Novedades en los cánones 295 y 296
Gervasio, 11/08/2023
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Qué lejos están aquellos tiempos en los que leíamos en el proyecto de Código de Derecho canónico de 1980: la prelatura personal se equipara en Derecho a la iglesia particular (Schema CIC, Libreria Editrice Vaticana, 1980, canon 335 §2). Tal equiparación, como bien sabemos, fue eliminada en los sucesivos proyectos y por supuesto también en el vigente código de Derecho canónico. Pero nunca se estableció a qué cabe equiparar una prelatura personal. ¿A qué cabe equipararla? La nueva redacción del canon 295 §1 lo especifica con toda rotundidad: la prelatura personal con capacidad de incardinar clérigos, queda equiparada a las asociaciones públicas de clérigos…
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¡Cómo está el patio!.- Rapelu
Es importante basarse en la redacción latina, la oficial, para comprobar que es lo que se añade a la redacción anterior del CIC.
Escrito completo
Conclusiones sobre los nuevos estatutos presentados por el Opus Dei.- Hilario
Dice el Moderador Protonotario Supernumerario en su carta publicada en la web oficial del OD el 10/Agosto:
"Por otro lado, y como es lógico, el Motu Propio del día 8 de Agosto también deberá tenerse en cuenta en la adaptación y actualización de los estatutos de la Obra, que está en marcha desde hace un año."
Conclusión nº1, (la más sencilla): el borrador de los estatutos presentado tras el congreso extraordinario es una basura. Si retrocedemos un año, la Santa Sede en Ad Charisma Tuendum (Art 3) indicó al OD que propusiera unos estatutos para su aprobación. No se ha publicado el contenido, pero como es lógico, hubo varias reuniones e intercambio de información acerca de lo que esperaba la Santa Sede y cómo debía el OD orientar sus estatutos. Una vez presentado el borrador, la Santa Sede ha tenido que publicar un nuevo MP con las consideraciones que comunicó al OD, es decir, el borrador no ha gustado nada en Roma porque no cumple con lo indicado.
Conclusión nº2: El OD sigue ignorando las indicaciones de la Santa Sede, se les solicitó unos estatutos acorde a unas consideraciones y han hecho lo que han querido. Siguen pensando que son especiales y que están por encima del resto, incluido el Derecho Canónico.
Conclusión nº3: Poco santificaron su trabajo los 300 congresistas (muchos de ellos miembros de Comisiones y trabajos internos, es decir, pocos han cobrado alguna vez una nómina e ignoran qué es trabajar en una empresa seria)
Conclusión nº4: muchas personas del OD (se puede comprobar en los comentarios de la noticia publicados en diversas páginas de información religiosa) piensan que desde Roma se quieren cargar el carisma y el espíritu del OD. Falso, la Santa Sede quiere proteger el carisma que consiste en "cristianos corrientes en medio del mundo que buscan a Dios a través de su trabajo profesional y vida ordinaria", como recoge el Moderador en su carta del 10/Agosto. La Santa Sede no quiere instituciones que funcionen al margen del Derecho Canónico. Muy sencillo de entender con un ejemplo de la vida empresarial (como los jerifaltes del OD han trabajado poco o nada en el mundo real, es probable que no lo entiendan):
Una empresa puede tener su actividad como vendedora de fruta, en el ejercicio de la abogacía, en la educación infantil, etc, Este será su "carisma". Para poder operar en España, tendrá que acogerse a una "estructura jurídica": Sociedad Limitada, Sociedad Anónima, Fundación, etc. Si dicha empresa es una SL tendrá que pagar impuestos, tener un capital social, etc como indica el legislador para las SL y nunca como indica para otros tipos, por mucho que le convenga. Si por su actividad ("su carisma"), a una empresa le conviene un tipo de "estructura" diferente a la que tiene, puede hacer el cambio acorde a los requisitos exigidos por el legislador, pero nunca actuar por libre o se verá las caras con Hacienda, con el Juez o con quién corresponda. De manera similar ocurre en la Iglesia. No se puede actuar por libre.
Esperemos que durante los próximos días, los expertos habituales de esta web expliquen qué está ocurriendo. Muchos sacerdotes del OD y muchos cooperadores orgánicos se lo agradecerán ya que esta web es leída por un alto porcentaje de ellos.
Aristócratas de la inteligencia... ¡A estudiar!.- Patricia Lewis
A los miembros del Opus Dei, en unos pocos días, la Santa Sede nos ha enviado a estudiar en dos ocasiones.
La primera fue con la intervención de la Signatura Apostólica, que se conoció hace un par de semanas, en la que vela por el derecho a una defensa competente para José María Martínez Sánz en el caso Gaztelueta: le conminó a que se busque abogados defensores que sepan derecho canónico y penal. La segunda, con el Motu Proprio del pasado martes 8 de agosto.
Parece que el Papa no quiere que quede ninguna duda acerca del lugar que ocupan las prelaturas personales en la Iglesia (figura jurídica que se aplica a realidades de origen carismático): ya no sabe cómo explicarnos cuál es nuestro lugar de modo que lo entendamos de una vez por todas. Tomando unas palabras del Prelado, en uno de los encuentros que mantuvo en Filipinas, no sabemos exactamente lo que tiene (el Papa) en su mente y en su corazón, pero podemos imaginar que lleva un gran peso sobre sus hombros, y puesta a imaginar, imagino que parte de ese peso es lidiar con las entendederas de la escuela de canonistas de las universidades de Navarra y de la Santa Cruz (porque el Opus Dei no tiene escuela teológica ni, mucho menos, canónica: al menos eso decía el fundador …). No porque le preocupe lo que se sostenga en esas universidades, sino porque esos canonistas influyen en Villa Tevere (como que salieron de allí) y, luego, Villa Tevere le da la lata a la Santa Sede. Un claro ejemplo de cómo funcionan las entendederas de dichos canonistas es el artículo publicado en Omnes el pasado 8 de agosto, firmado por Rector de la Universidad Pontificia de la Santa Cruz: una ensalada digna de MasterChef, pero no aceptable como “monografía” de estudiantes de bachillerato, aunque aleguen a su favor que utilizaron chatGPT.
Por eso, puesta a seguir imaginando qué puede haber en la mente y en el corazón de Francisco (estudioso, como buen jesuita), imagino que quiere que algún día los del Opus Dei, en lugar de utilizar el tiempo intentando que media humanidad comparta nuestras ocurrencias (incluida nuestra Santa Madre Iglesia en esa media humanidad), ocupemos ese valioso tiempo y esfuerzo en estudiar en serio las cosas (las buenas madres quieren que sus hijos estudien y prosperen), que dejemos de escribir catecismos “explicándonos” los estatutos de la institución, de publicar artículos y libros que sólo leemos nosotros (en los que nos citamos entre nosotros y publicamos en “nuestras” editoriales) porque no pasan un filtro académico, y vayamos a las fuentes poniendo por delante la apertura a la realidad en lugar de repetir: tenemos razón pero no nos comprenden. Quizá, algunas veces, los canonistas de Navarra y de la Santa Cruz pueden no tener razón.
Hermanas y hermanos aristócratas, a ponernos a estudiar en serio, de una vez por todas, que los libros no muerden.
Patricia Lewis
Tuerca y contratuerca del Papa al Opus Dei.- Baldelaluna
Buenos días, espero que alguien me pueda aclarar las dudas que me surgen al respecto del último Motu Proppio del Papa que me parece como una “tuerca y contratuerca” más de Francisco con respecto a las Prelaturas; cuando habla de que los laicos pueden colaborar con las labores apostólicas.
En el caso del Opus Dei que hasta donde yo sé, las “laborales apostólicas” llamadas “Obras Corporativas” y “Labores Personales”, que son de entidades civiles y privadas tales como: colegios, centros deportivos, centros de capacitación..., etc., y los que teóricamente las “directivas” de estos son las que solicitan formalmente la atención espiritual a los sacerdotes del Opus Dei..., ¿de cuáles labores propias del Opus Dei se estaría hablando en la que los laicos podrían colaborar?
Por otro lado entiendo de este último Motu Proppio del Papa, y por lo que refiere del artículo 107 del Código de Derecho Canónico, no existe ninguna jurisdicción del Prelado sobre los laicos, por lo que a modo de ejemplo en el caso del Opus Dei aquello ya tan manido de que al hacer la charla fraterna con quién “te corresponda” y que se me decía, que con quién de verdad hacía la charla fraterna era con “el Padre”, ꟷya que esa persona estaba nombrada por él mismoꟷ, que la charla fraterna era algo así como Voluntad de Dios, imagino que este tipo de cosas ya no proceden.
Muchas gracias.
Baldelaluna
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